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528 LA PROVINCIA DE FF. MM. CAPUCHINOS DE CASTILLA expondremos más latamente. A eso se añade algo de mayor importancia y trascendencia. Los ministros de Carlos IV, regalistas y liberales, hicieron supremos esfuerzos para separar, en lo posible, a los religiosos de Roma y luego someterlos a la potestad de los obispos. A tal objeto consiguieron de Pío VII, en septiembre de 1802, la designación del Cardenal de Tole­ do, Luis de Borbón, como Visitador Apostólico de todos los Regulares españoles, haciendo que viviesen sujetos a los Vicarios Generales exis­ tentes y sometidos a los obispos diocesanos. Al ser comunicado tal nom­ bramiento al P. Bustillo, éste lo hizo saber luego a los PP. Provinciales por medio de una carta fechada en Barcelona, 10 de mayo de 1803. Apro­ vechó esta ocasión para insistir en la más estricta observancia de la pro­ metida Regla y Constituciones, exhortándoles vivamente a que, no obs­ tante los calamitosos tiempos que corrían, se esforzasen porque la Orden conservase su pasado esplendor y ejemplaridad. Pide al mismo tiempo se le envíe nota del estado de las provincias respectivas, conventos, per­ sonal, misiones, etc., a fin de remitir estos datos al Visitador Apostó­ lico (39). En estas circunstancias también el P. General debió pensar que el tiempo de su gobierno estaba para terminar. El breve de su nombra­ miento decía textualmente: «Ad idque usque tempus, quod statutis ipsius Ordinis a Sancta Sede confirmatis, definitum est», es decir, por siete años. Por lo tanto, habiendo dado comienzo su gobierno el 13 de mayo de 1796, su mandato finalizaba en mayo de 1803. Ya antes de esa fecha debió ser confirmado en el cargo, aunque no podemos decir en concreto cuándo ni por quién. Sólo podemos aducir los siguientes testimonios en pro de la prórroga en el generalato. Al reunirse los superiores de la provincia de Navarra el 21 de abril de 1803, se leyó una carta del Padre General, escrita desde Manresa el 19 de marzo, en la que les manifestaba cómo, habiendo pedido permiso para la celebración del Capítulo general en el inmediato mes de mayo, el rey, por medio de un comunicado de Gracia y Justicia (4 de septiembre de 1802), le había ordenado no se celebrase; y que posteriormente había recibido en el mes de enero un aviso del P. Procurador de la Orden, haciéndole saber cómo el Papa Pío VII imponía se prorrogase el Capítulo hasta nueva orden (40). Como corroboración de lo dicho tenemos además la siguiente prueba. El 5 de junio de 1803 tenía lugar una solemne función religiosa en la iglesia de los Capuchinos de Deusto (Bilbao). En el sermón predicado por el P. Mariano de Pamplona se dice que el P. Bustillo tenía hechas repetidas instancias al Papa pidiéndole su protección para el Capítulo general, al que había convocado ya todas las provincias de la Orden, y que asimismo había solicitado permiso del rey para pasar a Roma a tal efecto, pero que, habiendo sido «reele­ gido por nuestro S. S. P. Pío VII por el tiempo de su voluntad, confir- (39) Pobladura, Litterae circulares, 1, 389-91. (40) Catálogo ele los Capítulos Custodíales, ya citado, p. 608-9.

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