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tituciones, exigió también en el contenido de las ordenaciones dadas, y en esa virtud especialmente seráfica insistió al redactar los estatutos por los que se rigieron los Colegios o Seminarios de Misioneros. Esa pobreza efectiva le llevó a la del corazón, de tal modo que en su lecho mortuorio podía decir «que ningún apego tenía a la vida ni a cosa alguna de este mundo». Y a esa «vida ejemplar» por sus virtudes, como afirmará el P. Rábago al hacer su presentación para la sede de Barcelona, juntaba «una grande sabiduría teológica y canónica», al igual que un talento excepcional. Prueba de ello es el hecho de haber ganado en reñidas oposiciones, a los 24 años, la prebenda de Canónigo Doctoral de Salamanca, y más tarde, a los 27, en competición con otros 26 aspirantes, la cátedra de Decreta les en aquella Universidad. Su ciencia y conocimientos los demostró ya entonces, como afirma el P. Rábago, en las intervenciones «siendo Doc toral de aquella Santa Iglesia y logrando en aquella grande Universidad los primeros créditos de ingenio y doctrina», como los consiguió más tarde en Orán» (77). Esos profundos conocimientos teológicos y canónicos y su argumen tación irrebatible se pusieron bien de manifiesto en los escritos, pocos desgraciadamente, que de él se han conservado. Entre los impresos se cuentan los siguientes. Un Parecer en relación con una obra pía de Salamanca, redactado en 1722; tan justo pareció al Cabildo, que mandó se imprimiese, al igual que otra C arta suya, anó nima, escrita por él a petición del mismo Cabildo y en contestación a una consulta del de Pamplona (78). Con motivo de una polémica suscitada por el contenido de dicha carta entre su autor y el jesuíta P. José de Lamar, acerca de diezmos, se cruzaron entre ambos cuatro papeles impre sos. Los de Oruña, P. Colindres, tenían por título: Respuesta a l anónimo discurso sobre la exención de diezmos, y: V e rd ad ilustrada del hecho, relacionado con una apología que se dio a la estampa en fa v o r de una carta de la Santa Ig lesia de Salamanca. También estos papeles, con aque lla Carta, se impimieron juntos por mandato del Cabildo en 1723 (79). Finalmente, un M em o ria l, que a su vez el Cabildo de Salamanca mandó imprimir y enviar a todas las iglesias de España (80). Otras producciones manuscritas sólo conocemos tres y no extensas: Resolución del P. Colindres sobre la inobservancia del capítulo Q uoniam I sess. 21 de reform atione del Concilio T rid e n tin o (81), un dictamen sobre la obra Concordia P raelatorum , del benedictino P. Juan Bautista EL P. COLINDRES, PRIMER ESPAÑOL GENERAL DE LA ORDEN 519 (77) F. de Rávago, Resolución, ya citada. (78) Registro de las Actas Capitulares, t. 50, f. 133-134. El Cabildo al igual que Oruña reconocieron que dicha Carta era de éste (ibid.). (79) Ibid., 234, Cabildo del 17 enero 1723. (80) Ibid., f. 351, Cabildo del 27 enero 1724. (81) Es contestación a una consulta formulada al P. Colindres y que firma en el convento de La Paciencia, 27 septiembre 1744 (Bibl. del Colegio de Santa Cruz de Valladolid, ms. 280, ff. 255r.-283r.).
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