BCCCAP00000000000000000000156

34 LA PROVINCIA DE F F . MM. CAPUCHINOS DE CASTILLA un Padre a cuyo cargo corría en un todo la parte espiritual y su direc­ ción, lo que aún se tomó con mayor interés en años posteriores. En cambio no sabemos se estableciese en nuestras iglesias otras congrega­ ciones piadosas. Sin embargo, tanto de éstas como, sobre todo, de la. Orden Tercera echaron mano muchos misioneros, entre ellos el P. Ma­ nuel de Jaén, como medio poderoso y eficaz para renovar en los pueblos el fervor y la piedad. Otra nota singular es que ya desde los primeros años de este siglo se va dando gran importancia al culto en las propias iglesias. Así, no sólo se permite celebrar una misa durante la oración de la mañana, sino que se manda tenerla para utilidad de los fieles, lo mismo que otra a las diez con ese mismo objeto. Y por idéntica razón y no obstante seguir las restricciones de siempre respecto a las confesiones de los seglares, en la provincia de Castilla se nota una gran amplitud de criterio en esa parte. De tal modo que no sólo se permite el ministerio del confesonario, sino que, pasados algunos años después de terminados los estudios, todos los Padres reciben licencias de confesar seglares; más aún, se urge con apremio en las ordenaciones capitulares que todos procuren echar sobre sus hombros la pesada carga del confesonario. Y para que mejor cum­ plan la obligación de ser médicos de las almas, se prescribe insistente­ mente el estudio de la moral y la solución de casos, que indefectible­ mente debía tener lugar todos los domingos del año.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz