BCCCAP00000000000000000000156

F IN DE LA GUERRA Y RESTABLECIM IENTO DE DISCRETOS 29 Diego de Castrillo, después de enviar a Villafranca del Bierzo, donde se encontraba el cuerpo del Santo, al P. Miguel de Valladolid para que realizase las oportunas investigaciones, informaba al P. Postulador. A eso se añadió una carta del P. Mateo de Anguiano, escrita a los superio­ res de la Orden (12 de enero de 1721 ), en la que ponía en su conoci­ miento algunos milagros que se decían obrados por el siervo de Dios. Por fin, la Sagrada Congregación de Ritos decidió se hiciese el proceso apostólico de non cultu, delegando a tal efecto al Abad de la colegiata de Villafranca. Por su parte el P. Provincial de Castilla, José de Ules- cas, designaba como vicepostulador de la causa al P. Buenaventura de Bayona (18 de junio de 1724 ), para que diese los pasos conducentes a la confección de dicho proceso. Este se hizo en el verano de 1724 , al igual que otro procesillo sobre algunos milagros, gracias a la actividad desplegada por el P. Bayona y su compañero el P. Matías de Mar- quina ( 29 ). Sospechamos también que fueron capuchinos de Castilla los que tra­ bajaron para que tanto el Abad de la colegiata de Villafranca como el Ayuntamiento y la Abadesa del convento de la Anunciada enviasen en 1723 cartas postulatorias a Roma. Ciertamente lo hicieron los reyes de España a solicitud del P. Diego de Madrid, Guardián del convento de San Antonio del Prado, enviando en 1722 cartas al Papa interesán­ dose por la beatificación de San Lorenzo ( 30 ). Durante el provincialato del P. Illescas se dieron los primeros pasos para una nueva fundación en Torrecilla de los Cameros, la que a fin de cuentas no se aceptó. Se continuó también estos años la construcción del convento e iglesia de Esquivias, efectuando la traslación del Santí­ simo poco antes del Capítulo celebrado el 25 de mayo de 1725 , en el que el P. Illescas, hecho más bien para la predicación que para el gobierno de los religiosos, renunció la voz pasiva, y fue elegido Provin­ cial por segunda vez el P. Diego de Castrillo ( 31 ). Al ser elegido formó unos apuntamientos que, como él mismo dice, «son conformes a los que para esta provincia hizo nuestro M. R. P. Ge­ neral Fr. Miguel Angel de Ragusa, después de haberla visitado, y asimis­ mo conformes a los en otros Capítulos publicados». Son, por tanto, reflejo de ordenaciones anteriores y, como insistía el P. Castrillo, iban encaminadas a sostener la pura observancia de la Regla y Constituciones y juntamente el rigor de la vida capuchina y el fomento de la vida espi­ ritual, así como la buena formación e instrución de los jóvenes dedicados a los estudios o que se preparaban para ellos. Así señala normas para que (29) Todos estos documentos se encuentran en el APC y pueden verse en mi artículo: San Lorenzo de Brindis, España y los Capuchinos españoles, en Natura­ leza y Gracia, 7 (1960), 1824. (30) Cfr. también estos documentos en mi artículo citado, 184-5, y en el estudio del P. M. de Pobladura, Los procesos de beatificación y canonización del nuevo Doctor de la Iglesia San Lorenzo de Brindis, en Collectanea Franciscana, 39 (1959), 396, 407. (31) VA, 175; ED, 161.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz