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CASTILLA DESDE 1 8 3 0 HASTA LA EXCLAUSTRACIÓN 3 6 3 El Capítulo estaba convocado para el 6 de septiembre de 1833, pero no se celebró sino el 9, por las causas que vamos a exponer (29). Y fue que el P. General que, en vista de lo sucedido, no creyó prudente pre­ sidirlo, envió desde Murcia una carta serena y comedida a los capitu­ lares, en forma de exhortación, a fin de que en las elecciones procedie­ ran todos pura, simple, santa y canónicamente. Mandaba también que se observase el más absoluto silencio sobre los puntos que estaban pen­ dientes de la resolución del rey y que no se tomara providencia alguna sobre lo mismo en conformidad con lo dispuesto por Fernando VII en su real orden del 14 de abril, y además que, elegido el Definitorio, no se hiciese al P. Provincial saliente indicación alguna relativa a lo pa­ sado. Esa carta fue presentada a los capitulares la víspera de las elec­ ciones por el P. Cipriano de Palencia, Procurador y Definidor general. El P. Provincial, Félix de Villaumbrales, no la quiso admitir, pero al siguiente día 6 , antes de tener lugar las elecciones y muy de mañana, se entregó al P. Provincial una real orden (5 de septiembre de 1833) por la que se le mandaba suspender las tareas capitulares; por otra nueva real orden, dada el 8 , se determinaba continuar el Capítulo, pero que antes de proceder a las elecciones se leyese la carta mencionada del P. General. Sin otras incidencias así se hizo y resultó elegido Minis­ tro Provincial precisamente el P. Lino de Cantalapiedra (30). El nuevo P. Provincial, para evitar críticas y comentarios, dirigió a sus religiosos una carta circular explicando lo sucedido y copiando todos los documentos arriba mencionados en relación con el Capítulo. Y lo que más admira es que él, que tan rebelde se había mostrado en años anteriores y que igualmente había sido causa muy principal de tales disensiones, pedía en la expresada carta respeto, veneración y aprecio para los vocales y además que fuesen «en todo ejemplos de obe­ diencia a las autoridades constituidas, de sufrimiento, moderación y compostura, según que justamente lo espera de nosotros el pueblo fiel, que tan liberalmente nos mantiene con sus limosnas» (31). El P. Cantalapiedra prometía en la citada circular escribir otra para corregir los quebrantos de la disciplina regular y los abusos que se experimentaban; no sabemos la haya escrito. De todos modos quizá con su elección se echó tierra a tantas reclamaciones, apelaciones y pro­ testas con ocasión del pasado Capítulo general. A pesar de esto, a juz­ gar por las cartas del P. Juan de Valencia al Vicario general de la (29) Ed, 328. (30) Dadas las circunstancias de este Capítulo, el P. General tuvo sus dudas sobre la validez del mismo, que consultó con el P. Provincial de Navarra, Esteban de Vera, quien a su vez consultó a otros dos Padres de dicha provincia; éstos opinaron ser inválido, pero uno de ellos aconsejaba al P. General actuase más bien contra los PP. Lino de Cantalapiedra y Buenaventura de Cañaveral (Archivo Provincial de Capuchinos de Navarra, Asuntos Provinciales, 1800-1899). (31) Carta del P. Cantalapiedra, 21 septiembre 1833 (APC, 4/450). Al final de la carta se copian los otros documentos: exhorto del P. General, reales ór­ denes, etc.

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