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CASTILLA DESDE 1830 HASTA LA EXCLAUSTRACIÓN 359 tampoco la de los seis Definidores, cuando sólo se admitían, al parecer, cuatro, se originaron no pocas consultas y molestas disensiones que más adelante referiremos. 2. Entre tanto, el P. General, Juan de Valencia, siguiendo la cos­ tumbre de sus antecesores, daba a los Capuchinos españoles nuevas ordenaciones, que van fechadas el 30 de julio de 1830. En ellas reco­ noce que «la notable disminución de individuos que han sufrido los conventos, ha enervado en ellos el vigor de la disciplina». Al mismo tiempo lamenta la desgracia de cuantos habían dejado el hábito en los luctuosos tiempos pasados, lo que había sido causa de que forzosa­ mente se hubiesen suprimido algunos conventos. Reflejando la triste realidad de lo que ocurría entre los religiosos, reconoce que la obser­ vancia se había debilitado sobremanera y que en el Capítulo pasado se había clamado mucho para que fuesen extirpados los abusos que se come­ tían y, en cambio, que se restaurasen las antiguas y santas costumbres. Señala como remedio debe comenzarse por la buena educación de los jóvenes, para lo cual exhorta a los encargados de su formación eviten le debilidad, así como la excesiva compasión, exigiéndoles con mano dura las prácticas y mortificaciones mandadas. A tal objeto, una vez más ordena que los coristas, hecha la profesión, fuesen destinados a seminarios o conventos donde estuviese en pleno vigor la disciplina regular y en los que se guardase la observancia con el máximo rigor. De la misma manera serían educados y formados los estudiantes de filosofía y teología; por eso llama la atención de los lectores y supe­ riores de los colegios a fin de que cumplan su obligación en eso con la mayor exactitud ( 10 ). No son estas ordenaciones de gran trascendencia, pero indican y re­ flejan, como otros muchos documentos de entonces, el malestar reinante, la escasez de personal y las deficiencias aún existentes como consecuen­ cia de la invasión francesa y del período constitucional. 3. Por lo que respecta a la provincia de Castilla, se tuvo sólo dos meses después el Capítulo (3 de septiembre de 1830), que fue presidido por el P. General, en el que salió elegido Ministro Provincial el P. Félix de Villaumbrales. Este recibió el hábito el 22 de abril de 1790, a los 22 años de edad, y se ordenó de sacerdote en 1795. Fue después Vicario de Villarrubia de los Ojos, Maestro de estudiantes, Guardián de Alcalá, procurador de la provincia y asimismo de las misiones de los Capuchinos españoles. Se distinguió como excelente predicador y con la exclaustración se pierde su memoria ( 11 ). Por lo demás, en las tablas capitulares nada especial se deja entre­ ver, fuera de que los seis conventos de Tarancón, Villanueva del Cár­ dete, Jadraque, Esquivias, Cubas y Cantalapiedra seguían reducidos (10) Carta del P. General, convento de San Antonio del Prado, 30 julio 1830 (APC, 5/38; Pobladura, Litterae circulares, II, 103-113). (11) Necrologio, 294; VA, 747.

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