BCCCAP00000000000000000000156

DEL PERÍODO CONSTITUCIONAL HASTA 1830 355 Al mes de su elección dirigió a sus religiosos la primera carta circu­ lar. Su lectura da la impresión de que existía ya una mayor observancia regular, aunque insiste en reprobar las transgresiones de recibir dinero, andar a caballo, recursos innecesarios a pecunia, dar cosas sin permiso, preciosidad en los utensilios, así como en usar ropas no permitidas por las leyes (35). De todos modos continuaba el problema de la escasez de personal; por lo mismo, los seis conventos de Jadraque, Villanueva del Cárdete, Cantalapiedra, Tarancón, Esquivias y Cubas seguían como hospicios. Sin embargo, a juzgar por las tablas capitulares, los estudios marchaban bien organizados. Nada anormal ni tampoco digno de mención ocurre hasta la Con­ gregación intermedia habida el primero de mayo de 1829. En esa misma fecha el P. Provincial envía a sus religiosos una segunda carta. Después de hacer la visita a los conventos, recoge las impresiones recibidas e insiste en la guarda fiel del voto de pobreza y algunas otras observan­ cias, pero en realidad de verdad no urge cosa particular de impor­ tancia (36). Ya para entonces había surgido otro problema de gobierno que vino a complicar las cosas. El P. Vicario general iba a finalizar su mandato en abril de 1830, y en febrero del mismo año terminaba el suyo el Padre General de la Orden. El P. Justo, adelantándose a los acontecimientos, se dirigió al Consejo de Castilla manifestándole que el próximo Capítulo general, según la bula Inter graviores, debía tener lugar en España; pol­ lo mismo se creía en la obligación de avisar al P. General para que convocase los capitulares a reunirse aquí; quería saber, por tanto, el parecer del Consejo en asunto tan delicado (37). Después de varios comunicados de éste, así como del P. Vicario general e incluso del Nuncio (38), de pronto el P. General de la Orden, Ludovico Mícara de Frascati, remitía a todas las provincias carta circu­ lar (21 de junio de 1829), convocando a los vocales para la celebración del Capítulo que se tendría el 4 de junio de 1830 en el convento de San Antonio de Madrid (39). Un triste e imprevisto suceso vino a traer nuevas complicaciones. El P. Justo de Madrid fallecía el 7 de diciembre de 1829 en el convento (35) Carta del P. Cipriano de Paleneia, 21 noviembre 1827 (APC, 5/35). (36) Carta del P. Paleneia, 1 mayo 1829 (APC, 5/38). (37) Exposición del P. Justo de Madrid al Consejo de Castilla, 8 febrero 1829 (AHN, Consejos, 4036). (38) El Consejo pedía al P. Justo, 3 marzo 1829, informase cómo se habían celebrado los Capítulos de los Agustinos y Carmelitas, contestando el P. Justo, 9 marzo 1829, no podía decir, pues era el primero que de capuchinos se celebraba en España. En esto se recibió carta del P. General, 23 enero 1829, preguntando al P. Vicario General en qué convento se celebraría el Capítulo, puesto que tocaba en España y debía enviar las letras convocatorias (cfr. en el citado legajo 4036 todos estos documentos y otros más en relación con este asunto). (39) Ibíd.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz