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primían igualmente los de Villarrubia de los Ojos y Villanueva del Cárdete, quedando agregados al de Calzada de Calatrava, que perma necería (39). El de Toro estaba en la lista de los que seguirían (40), pero, como se fijaba la condición de que hubiese en él el número señalado de religiosos y esto no era posible, el Ayuntamiento constitu cional pidió permaneciese no obstante, por ser necesario para atender a las necesidades espirituales de la ciudad y de la comarca (41). Y así debió concederse. También quedaron los dos de Madrid, el de San Antonio del Prado y el de La Paciencia, y, por lo que respecta al de El Pardo, también subsistió de momento, pero a fines de noviembre pedía el administra dor del Patrimonio la supresión del mismo (42). Ocioso casi es advertir que los religiosos de los conventos suprimi dos fueron agregados a otros para formar el número exigido. Por otra parte, es cosa digna de atención que, en esas comunidades no suprimi das, la elección de los superiores locales debía efectuarse, conforme a lo dispuesto en el decreto del 1 de octubre de 1820, por los religiosos ordenados in sacris, como se efectuó, entre otros, en los conventos de El Pardo y Calzada de Calatrava (43). Si todo lo expuesto resultaba lamentable, no lo fueron menos las defecciones de los religiosos que durante aquellos tres años de prueba y persecución se secularizaron. De todos los que así claudicaron, sólo hemos podido localizar en concreto a cuatro: tres Padres y un Her mano (44). Otros, en cambio, sufrieron la pena del destierro a conven tos de otras provincias, aunque desconocemos los nombres de varios de ellos (45). LA PROVINCIA EN LOS AÑOS 1818-1823 343 (39) Decreto del 15 de mayo de 1821 ( Gaceta , 7 junio 1821, f. 855). (40) Decreto del 8 de mayo de 1821 (Gaceta, 18mayo1821, f. 724). (41) Solicitud del Ayuntamiento constitucional deToroal rey, 2 junio 1821 (APC, 28/96). (42) Oficio del administrador del Patrimonio de El Pardo, 26 noviembre 1822 (Archivo del Pal. N. de Madrid, Patrimonio, El Pardo, leg. 79). (43) Así, en El Pardo, a la muerte del P. GuardiánMauriciodeVillarino, por orden del Cardenal Arzobispo de Toledo, don Luis de Borbón, la comunidad eligió nuevo Guardián al P. José dePeñaranda (APC, 33/20, escrutinio y elección de dicho P. Guardián). Lo propio se hizo en Calzada de Calatrava al falleci miento del P. Guardián, Ramón de Villaseca, siendo elegido el 8 de mayo de 1822 el P. Luis de Madrid ( Necrologio, 122; Libro de cuentas de cargo y data que deben tener los RR. PP. Guardianes, de este convento de Calzada de Calatrava, manuscrito. (AHN, Clero, leg. 2821). (44) Fueron los siguientes: P. Domingo de La Seca, secularizado el 24 de marzo de 1821, estando conventual en Tarancón; P. Nicolás de Madrid, conven tual en Esquivias, secularizado el 11 de mayo de 1821; P. Bernardino de Siete- iglesias, conventual en Navalmoral, secularizado el 28 de junio de 1821; el Her mano Fr. Antonio de Navalucillo, conventual en Navalmoral, secularizado el 1 de noviembre de 1822 (Archivo de la Delegación de Hacienda de Toledo, Libro 1210, «Tomas de razón de secularización, 1820»), (45) El P. Justo de Madrid fue enviadoa Sevilla; P. Luis deCantalapiedra, a Callosa (Alicante); P. Marcos de Villanueva, a Barcelona; P. Parma, a Andújar; P. Fuentelarreina, a Valencia; P. Mariano de Villarino, a Monóvar (Arch. Prov. de Capuchinos de Valencia, Carpeta H, leg. 88, n. 1279).
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