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340 LA PROVINCIA DE FF. MM. CAPUCHINOS DE CASTILLA novicios refugiados en la casa de estudios de Madrid subsistieron fir­ mes hasta fines del 22 , en que fueron compelidos a demudarse con lágrimas el sayal seráfico. Los que tenían padres se acogieron bajo las alas de su amor. Los que no, dirigieron su rumbo a donde la suerte les deparó. Vosotros mirabais todo esto con dolor de vuestros cora­ zones; oíais censurar nuestra conducta, veíais... Mas dejemos esto. Post nubila, Phaebus. Ya pasó la tempestad. Ya con nuevo regocijo moran entre vosotros los Capuchinos; con nueva gloria se han abierto las puertas de este santuario; con nuevo gozo se han reunido parte de los novicios que antes fueron impedidos de consagrarse al Señor» (26). Esa orden general del gobierno se fue ejecutando paulatinamente, y se fueron citando en la Gaceta, en diversos meses y días, los con­ ventos que permanecerían y los que serían suprimidos. La suerte de los de Castilla, como asimismo de los religiosos, durante esos tres años de período constitucional, la expondremos luego. Por ahora sólo añadimos, para completar el cuadro expuesto, que con fecha 26 de septiembre de 1821 el secretario de Gracia y Justicia daba este comunicado: «El Rey, oído el Consejo de Estado y conformándose con su dictamen, se ha servido resolver que, habiéndose suspendido la profesión religiosa, dejen el hábito los novicios que se hallan aún en los conventos, a fin de que puedan abrazar otro género de vida útil a sí mismos y al Estado.» Era un modo de dar muerte a las Ordenes religiosas, lento, pero eficaz. 4. Antes de pasar adelante queremos hacer resaltar la conducta observada por el P. General de la Orden, Francisco de Solchaga, y su valentía al oponerse a los planes del gobierno respecto a la reforma de las Ordenes religiosas. Al presentarse el proyecto del decreto, elevó su voz tanto al rey como a las Cortes en son de protesta. Expuso lo que era la Orden Capuchina, lo que había hecho en España y en las misiones, apostolado de la predicación, asistencia a los enfermos y moribundos «y en medio de los pueblos apestados como actualmente lo están haciendo en los de la isla de Mallorca». Después de manifestar su modo de pensar, contrario en un todo a lo que se proyectaba, termina afirmando que, de llevarse a cabo esa reforma, sería destruir la naturaleza misma de la Orden e ir en contra de lo prometido por los religiosos (27). Y, lejos (26) Sermón de San Antonio de Padua en la profesión de cuatro novicios, Alcalá, 1823 (APC, ms„ 109, f. 117). (27) Su escrito se titula: Observación respetuosa que el Excmo. y Rvdmo. Pa­ dre General de los Capuchinos ha hecho a S. M. y a las Cortes acerca del dicta­ men de la comisión en su proyecto de decreto sobre la reforma de los Regulares, Madrid, 1820: 11 pp.; está fechada en Madrid, 17 septiembre 1820. Escribiendo luego al P. Provincial de Cataluña le dice que es su obligación defender el vivir bajo la misma esencial profesión con que se había consagrado a Dios sin que pueda admitir otra forma de vida; le dice asimismo que la había mandado imprimir, y aconseja al citado P. Provincial la haga imprimir también

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