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REORGANIZACIÓN DE LA VIDA CONVENTUAL 329 tes provincias «por un año o hasta el Capítulo general», pero sin dar providencia alguna acerca de la celebración de éste (26). Sobre la exposición del P. Bernardos informa el fiscal del Consejo (28 de octubre de 1816) diciendo que el P. Gumiel no tenía razón para proceder así, pero que, llevando tanto tiempo en el gobierno el P. Ber­ nardos, se acudiese al rey, continuando el P. Vicario general como hasta ahora. A eso se siguieron nuevos recursos al Consejo de parte del P. Gumiel y asimismo del P. Bernardos, que perduraron el resto de 1816 y todo el año 1817 (27). Como se deja suponer, tal polémica tuvo repercusión en las demás provincias capuchinas españolas, a las que el P. Bernardos comunicó (14 de octubre de 1816) lo determinado por el Nuncio (28). Por fin, vino el fallo del Consejo y del rey, comunicado al P. Bernardos por el ministro de Gracia y Justicia (Palacio, 15 de octubre de 1817) en que se condena la conducta del P. Gumiel y se afirma que no ha tenido motivo para dudar «de la legitimidad con que V. Rma. continúa ejer­ ciendo su ministerio de Vicario general» (29). Las cosas llegaron a tal tesitura, que el ministro de Gracia y Justi­ cia, queriendo terminar con aquella situación y que se diese un sucesor al P. Bernardos, remitió al embajador en Roma una real orden (3 de febrero de 1818) para que pidiese a la Santa Sede que, en fuerza de la bula Inter graviores y puesto que no es posible se reúna el Capítulo general, se dignase nombrar el Papa Ministro General de la Orden Capu­ china al P. Francisco de Solchaga (30). Mientras esto sucedía, el P. Mariano de Bernardos, por huir, quizá, de la corte y del mal ambiente que allí se respiraba en contra suya, (26) Pueden verse todos estos documentos en el citado expediente. El P. Ber­ nardos consultaba a los Provinciales y les preguntaba para que les respondieran, después de hablarlo con sus Definidores: 1.°. «Si es conveniente se celebre Ca­ pítulo General de las provincias de España como prescribe la bula de creación de Vicarios Generales, Inter graviores, del 5 de mayo de 1804, prout ibi. — 2° Si se deberían nombrar en dicho Capítulo Definidores nacionales y cuántos.» Por renuncia del P. General Miguel Angel de Borgo San Sepolcro, en 1814, Pío VII aprobó, 30 septiembre 1814, la elección del P. Mariano de Alatri para Vicario General de la Orden, hecha por la Congregación de Obispos y Regulares «ad tempus juxta beneplacitum Sanctitatis suae, aut usque ad futurum Capitu- lum» ( Bullarium, IX, 320). (27) Por no hacernos pesados no citamos otros documentos que pueden verse en el citado expediente del AHN, Consejos, 4.036. (28) De tal polémica se hacen eco las Crónicas de la provincia de Valencia, ya citadas, III, p. 860s., y también el Catálogo de los Capítulos Custodíales y de todos los decretos y resoluciones, de la provincia de Navarra, ms., p. 652, juntas definitoriales del 5 enero y 28 julio de 1817 (Arch. Prov. de Capuchinos de Navarra). (29) Circular del P. Bernardos, Madrid, 24 octubre 1817, al P. Provincial de Andalucía, en que le copia el comunicado del ministro de Gracia y Justicia, Pa­ lacio, 15 octubre 1817 (Archivo del convento de Capuchinos de Antequera). (30) Real orden al embajador de Roma, Madrid, 3 febrero 1818, en Pobla- dura, De Superiorum Generalium electione tempore regiminis alterni (1804-1888), en Collectanea Franciscana, 27 (1957), 314.

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