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CAP ITULO X X X 1. Restablecimiento de conventos y reintegración de religiosos. — 2. Las comunidades y los estudios en marcha. — 3. Celebración de Capí­ tulo: el P. Buenaventura de Gumiel, Superior provincial. — 4. Dispu­ ta en torno a los derechos del P. Vicario general. — 5. El P. Francisco de Solchaga, General de la Orden. — 6 . Otros sucesos en los años 1814 a 1818. 1. Fue un tremendo conflicto el que tuvo lugar al terminar la guerra de la Independencia en orden al restablecimiento de los conven­ tos «que fueron disueltos, extinguidos o reformados» por el gobierno intruso y sobre todo al tratarse de su restitución a los religiosos, según dejamos expuesto en otro capítulo. Para eso se formó un plan que constaba de 25 artículos, pero ya en él se advertía que dichos conventos «no se restablecerán sin que preceda el permiso del gobierno» (1). Así se ejecutó efectivamente con los conventos de Castilla. A medida que eran devueltos se trató de su rápida reconstrucción a fin de que los religiosos se instalasen en ellos. No obstante las dificultades surgidas, puede afirmarse que, a fines de 1814 o por lo menos a mediados de 1815, los conventos de la provincia habían sido ya entregados y los religiosos procedieron a efectuar las reparaciones necesarias para la instalación de las comunidades y restauración del culto. A lo dicho ante­ riormente hemos de añadir que, por diversos motivos, no fue posible hacer de varios de ellos casas formadas, siendo por tanto reducidos a la categoría de hospicios o residencias. Así lo fueron Tarancón, Jadra- que, Villarrubia de los Ojos y aun Navalmoral, cuya reconstrucción se inició con la máxima rapidez ( 2 ). Por otra parte, los de Salamanca y Toledo habían quedado del todo destruidos; de ahí que de momento se nombró presidente para cada uno a fin de que agenciasen los medios para volver a construirlos (3). Así lo hizo efectivamente con el de Toledo el P. Antonio de Toro, a quien R e o r g a n iz a c ió n d e l a v id a c o n v e n t u a l e n l a p r o v in c ia (1) Este plan no lleva fecha, pero sí las observaciones que le acompañan: Cádiz, 21 enero 1813 (AGS, Gracia y Justicia, leg. 1254). (2) Según un informe del administrador de ventas nacionales, que no cree­ mos exacto, a la lunta de enajenaciones de la provincia (27 mayo 1837), el con­ vento de Jadraque no había estado habitado por «frailes desde la guerra de la Independencia, o perecieron cuando ésta, o les llevaron a Alcalá, donde se trasla­ daron» (Archivo de la Delegación de Hacienda de Guadalajara, leg. 70). (3) VA, 737.

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