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de la salvación de las almas; por lo que daban rendidas gracias a Su Majestad y dejaban por cuenta del Consejo de Indias para que el esta­ blecimiento del Colegio fuese permanente, sin perder de vista la pro­ fesión religiosa (27). No obstante tan buenos deseos por ambas partes, el Colegio no pudo de momento tener realidad «a causa de los distur­ bios de la guerra que actualmente y hasta ahora hemos experimentado», como se anota en las actas de la Definición en febrero de 1783 (28). Por lo mismo dejamos para más adelante tratar con la extensión debida sobre la fundación de este Colegio de Misioneros, de tan gloriosa historia. Por esas mismas fechas la villa de Ezcaray, del distrito conventual de Laguardia, se dirigió a los superiores de Castilla (22 de octubre de 1781) para preguntar «si la provincia querría entrar en fundar en aquella villa, dando ya el convento, iglesa, librería y cuanto se encon­ trase allí, de una fundación de Padres del Oratorio de San Felipe», pero por justas causas no fue admitida la propuesta (29). El 17 de mayo de 1782 se tenía en Roma la elección de nuevos superiores de la Orden; en este Capítulo fue elegido quinto Definidor por 81 votos, en el segundo escrutinio, el Provincial de Castilla Padre Nicolás de Bustillo (30). Los capitulares fueron en esta ocasión 124, y de pasada queremos notar que en esta ocasión se hizo la estadística de todos los religiosos de la Orden, resultando que, en 20 años, desde 1761, habían bajado de 34.029 a 28.336 (31). No obstante esa elección del P. Bustillo, continuó al frente de la provincia como Vicario provincial el P. Julián de Guaza, quien, después de obtener los nece­ sarios permisos para celebrar Capítulo, lo convocó para el 11 de octu­ bre de aquel año 1782. En él fue elegido Ministro Provincial el Padre Matías de Molina. 4. Antes de pasar adelante queremos tratar una cuestión relacio­ nada con la historia de la provincia en este trienio, 1779-1782, y aun en el anterior: me refiero al curso filosófico del P. Francisco de Vi­ llalpando. A mediados del siglo xvm, el Estado español, contaminado con las nuevas ideas y corrientes filosóficas que pululaban por Europa, quiso en cierto modo darles carácter oficial, introduciéndolas en los programas de los estudios universitarios y de los Colegios Mayores. A tal fin el Consejo de Castilla, a quen incumbía señalar los textos que debían estudiarse, se dirigió en 1769 a las Universidades con el encargo de que deputasen sujetos a propósito para preparar un curso moderno de filosofía. A pesar de las repetidas instancias del Consejo, nada se hizo en los ocho años siguientes. Durante ese período de tiem- GOBIERNO DE LA PROVINCIA Y HECHOS SALIENTES, 1 7 7 6 A 1 7 8 4 2 0 3 (27) Carta del P. Julián de Guaza, Vie. Prov., 11 septiembre 1781 (AGS, ibíd.). (28) VA, 560. (29) Ibíd., 547. (30) Archivo General de la Orden, Acta Ordinis, AG-8, Capítulo de 1782. (31) F elice da Mareto, O. F. M. Cap., Tavole dei Capitoli Generali dell’ Ordine dei FF. MM. Cappuccini, Parma 1940, 234.

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