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EL SEMINARIO DE MISIONEROS DEL CONVENTO DE TORO 153 bios y obrar en contra de los estatutos del Seminario, le advirtió de lo mismo y de que había puesto al Definitorio general al tanto de todo (17). Tampoco se olvidó el P. Zamora de avisar de cuanto pasaba al rey, a su confesor, el franciscano P. Joaquín de Eleta, y a Manuel de Roda. Como consecuencia, se dio orden al P. Provincial de no innovar nada respecto a los componentes de la comunidad de Toro, los que habían sido allí destinados por propia elección «para que en él se guardase la más pura observancia de la Regla, de las Constituciones y ordena­ ciones generales, produciendo a éste otras peculiares y privativas al definido convento» (18). La misma orden de no cambiar religioso alguno ni entrometerse en lo dispuesto le llegó al P. Provincial de parte del Definitorio general (19). El 24 de abril de 1767 se celebró la Congregación intermedia, y el Padre Zamora cesó en su cargo de Guardián de Toro; en su lugar fue elegido el P. Antonio de Hoz (20); no obstante, aquél siguió en Toro hasta diciembre de 1768, en que pasó a Toledo de Lector por falleci­ miento del que entonces lo era (21). Dejaría de momento aquel con­ vento con la satisfacción de haber asegurado su obra. Para más reafir­ marla, él y cuantos componían aquella comunidad redactaron un docu­ mento (1 de septiembre de 1767) en que pedían al Papa la aprobación definitiva de los estatutos de aquel Seminario (22). Para esa fecha, el P. Provincial, Fidel de Los Arcos, iba ya camino de Roma a fin de asistir al Capítulo general. El Definitorio, con el P. Vicario provincial, Manuel de La Calzada, dirigió más tarde al rey (13 de enero de 1768) un memorial apoyando dicha petición y rogán­ dole interpusiese su valimiento para obtener del Papa «que confirme la permanencia de las ordenaciones que dejó nuestro Rmo. P. Colindres, que de Dios goce, peculiares para el buen orden y subsistencia de nuestro convento de misiones de la ciudad de Toro» (23). Carlos III cursó a su embajador en Roma los oportunos despachos, como dejamos indicado en el anterior capítulo (24). (17) Ibíd., f. 22, n. XLVI. (18) Carta del conde de Aranda al P. Provincial Fidel de Los Arcos, Ma­ drid, 10 noviembre 1766, en Manifiesto historial, f. 59v., doc. 15. (19) Carta del Definitorio general al P. Provincial, 10 diciembre 1766 (ibíd., folio 60, doc. 16). (20) ED, 230. (21) Manifiesto historial, f. 23v., n. XLIX. El mismo P. Zamora dice que se obró así en fuerza de la legislación vigente entonces en la provincia. (22) Esta solicitud, enviada al embajador español en Roma a través de la corte, se halla en el Archivo de la Embajada ante la Santa Sede, hoy en el Mi­ nisterio de Asuntos Exteriores, Madrid, leg. 330, expediente XV. (23) VA, 428-29. Este memoria] fue presentado personalmente por el P. Cal­ zada al Rey, que se encontraba en El Pardo, el 18 del mismo mes. (24) Archivo de la Embajada de España ante la Santa Sede, año 1768, le­ gajo 217, n. 14. El rey urgió el asunto a su embajador (2 febrero 1768); éste contestó (25 febrero) comunicando se habían hecho ya las gestiones en favor del de Sanlúcar y, una vez obtenida la aprobación pontificia de éste, se pediría la de

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