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VIDA DE LA PROVINCIA DE CASTILLA EN LOS AÑOS 1759 A 1765 133 El 21 de octubre llegaba el P. Colindres al convento de Andújar para comenzar allí la visita de la provincia de Andalucía, terminándola en febrero del siguiente año 1764. También aquí dejó ordenaciones concretas y otras más particulares para el Seminario de coristas, esta bleciendo aparte el Colegio de Misioneros en Sanlúcar de Barrameda, al que igualmente dio estatutos propios. Exactamente lo mismo realizó en la provincia de Valencia, terminando aquí la visita en mayo, des pués de dar estatutos especiales para el Seminario de coristas y el Semi nario de Misioneros erigido en Monóvar (18). Vuelto a Madrid, presidió aquí la Congregación intermedia el 22 de junio y promulgó nuevas ordenaciones dirigidas a la provincia de Cas tilla. Lo mismo de éstas que de las otras dadas al finalizar la visita, tenemos una copia exacta y completa, y en ellas, al mismo tiempo que patentiza su amor a la provincia de la que era hijo, muestra gran celo de corregir los defectos que pudieran mancillarla, y juntamente el de seo de buscar su engrandecimieno y esplendor. A través de las mismas se vislumbran fácilmente las dos grandes preocupaciones del P. Colin dres. Era la primera conservar la Orden en la más rigurosa observancia de la Regla y Constituciones y asimismo en la más estricta pobreza. De ahí las normas dadas y dirigidas a que se tuviesen con el mayor rigor los maitines a media noche, se asistiese a los actos de comunidad y sobre todo a la oración mental. De tal modo que, sabiendo el abuso, al parecer existente, de que algunos faltaban a ella con pretexto de ser confesores de religiosas, prohibió lo aceptasen sin permiso de la Defi nición, sólo en casos excepcionales y con tal de que fuesen a confe sarlas únicamente dos veces al mes. Por idéntca razón y para que nadie tuviese pretexto de no asistir a la oración de la mañana, puesto que se tenía entonces después de maitines, mandó que en adelante se hiciese de cinco a seis de la mañana, y a ella debían asistir todos a excepción de quienes tuviesen predicación aquel día. Otra de sus preocupaciones fue la buena formación que debía darse a los jóvenes, así en el orden espiritual como intelectual. Por eso mismo dispuso que, tanto en los Capítulos como en las Congregaciones inter medias, antes de ser nombrados los Guardianes y Vicarios, debían serlo los maestros de novicios y directores de los Seminarios de coristas; también las familias de los noviciados serían señaladas con preferencia. Por otra parte, buscó en todo el buen nombre y reputación de los religiosos. De ahí que ordenó no fuese admitido nadie para corista de 1763, y las de 1764 están asimismo fechadas en Madrid, 5 de julio; contienen las primeras 22 puntos, mientras que las segundas llevan 46. Hay un ejemplar de ellas en el APC, 9/32. De todas las ordenaciones del P. Colindres hicieron los superiores de Castilla, hacia 1775, el siguinte: «Compendio de las ordenaciones generales para toda la Religión y particulares para esta Provincia de las dos Castillas, que nuestro Rmo. P. Fr. Pablo de Colindres, siendo General, dispuso en los años 1761, 1763, 1764» (AGS, Gracia y Justicia, 644: 18 ff.). (18) Cfr. mi artículo: El Rmo. P. Pablo de Colindres, 269, donde se expone lo que hizo en ese particular y en las provincias mencionadas.
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