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88 LA PROVINCIA DE FF. MM. CAPUCHINOS DE CASTILLA donde permaneció aún hasta el 27 de abril, en que se dirigió rumbo a la provincia de Andalucía (20). A pesar de esa larga permanencia del P. General en Madrid, él mismo anota que no hizo la visita a los conventos de Castilla en respe­ tuosa atención al P. Colindres, pero en cambio envió carta circular a los religiosos para que le expusiesen sus necesidades y cuanto fuese conducente al bien de la provincia. Además, convocó a los superiores y otros Padres a una reunión en el convento de San Antonio en la que, — como él mismo escribe— , «con toda energía expuse detenida­ mente las necesidades de la provincia, según se lo habían referido de palabra y por escrito, estimulando con todo el fervor de mi espíritu la conciencia y celo de dichos Padres a poner en práctica cuanto antes los más eficaces y necesarios remedios, de los cuales, si era verdad cuanto se le había expuesto, tenía precisión la provincia» (21). El P. General partió seguidamente para Andalucía llevando por secretario español al P. Francisco de Santillana, en lugar del P. Bruno de Sobrecastillo, ambos pertenecientes a Castilla, llegando al primer convento andaluz, Andújar, el 19 de mayo (22). Ateniéndose a lo determinado en el último Capítulo general de supri­ mir los Capítulos sexquienales, Castilla celebró Congregación inter­ media el 24 de octubre de 1749; en ella fueron nombrados nuevos superiores locales, pero no los provinciales. Tampoco en esta ocasión debieron darse nuevas ordenaciones; a lo menos no se nos han con­ servado. No hay, por otra parte, hechos importantes que consignar y que hayan tenido lugar durante el provincialato del P. Ramón de Bilbao. Sólo anotamos que, previa consulta hecha por el mismo a los Defini­ dores, Ex-Provinciales y Ex-Definidores sobre si debían o no abrogarse los Maestros de estudiantes, se acordó el 7 de febrero de 1749 «que no se eligiesen en adelante» (23). Quizá se tomase esa determinación por indicación del P. General, por ser una novedad en la Orden y que se habían establecido en Castilla en 1741, equivaliendo, «como se diría en leguaje universitario, a catedrático supernumerario temporal para repasos» (24). Y, sin embargo de tal medida, vemos que en las tablas capitulares siguen figurando los Maestros de estudiantes los años 1751 y 1753, los que de nuevo son restablecidos en 1754 (25). También durante este trienio sucedió algo que no acertamos a (20 ) V A , 310. (2 1 ) C fr. Iter s. visitationis Rrtti. P. Sigismundi a Ferraría, en Analecta O. F. M. Cap, 10 (18 94 ), 347. (2 2 ) Ibíd. (2 3 ) V A , 306. (24 ) Ibíd., 248. Precisam ente el P. Ferrara m andó en sus ordenaciones a la p ro v in cia de N a v a rra se suprim iesen los M aestros de estudiantes (c fr. C e le s tin o de A ñ o rb e , O . F . M . C ap ., La antigua Provincia Capuchina de Navarra y Canta­ bria, I, P am plona 1951, 324). (25 ) Ibíd., 346.

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