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SABIOS Y ESCRITORES 413 verdad manifiesta al mundo la legítima y nunca interrupta sucesión Por línea recta del Generalísimo de toda la Orden de San Francisco... Barcelona, 1703 ( 73 a). También dicho P. Olmo escribió contra él esta otra obra: Respuesta apologética a una apología del M. R. P. M. Fr. Martín de Torrecilla, Religioso Capuchino, en razón da la grande autoridad de los Prelados Regulares sobre el punto de casos reserva­ dos.. , Zaragoza, 1702 . E l interesado dió digna contestación con su Tomo sexto apologético, Madrid, 1705 . E l 21 de noviembre de 1704 fueron asimismo delatadas a la In ­ quisición cuatro de sus obras, a saber: Regla de la Orden Tercera, Madrid, 1672 ; Ventilabro formal..., Madrid, 1685 ; Apologetna..., Tu rín , 1673 , y el tomo V de Consultas, alegatos, etc., o sea la segunda edición de Apologema, Madrid, 1 701 . E l Consejo de la Inquisición dió decreto de recoger dichos libros «por contener proposiciones sedi­ ciosas y turbativas de la paz entre las dos religiones sagradas de Ob­ servantes y Capuchinos» (20 de junio de 1705 ) ( 74 ). Después de eso Jos Superiores de la Provincia pidieron se entregasen al P. Torrecilla las acusaciones y cargos concretos que contra él se habían hecho y presentaron a la Inquisición, en 1706 , una Respuesta a la delación que se hizo en el Sto. Tribunal contra qitatro Libros del Padre Torrecilla. Por el Padre Provincial y Diffinidores de esta Provinciac de Castilla de Menores Capuchinos ( 75 ). Creemos que, no obstante la valiente y docta defensa hecha por los Superiores de Castilla de las obras del P. Torrecilla, la Inquisición de­ bió prohibirlas definitivamente. Pero la Provincia no se resignó a ello, y en 1732 la Definición determinaba «se entable la causa en la Inqui­ sición tocante a las obras de N . Padre Torrecilla, para cuyo fin fué señalado el R. P. Definidor Granada [Gregorio de]» ( 70 ). Debido sin duda a sus gestiones se consiguió que dichos libros corriesen libre­ mente con las correcciones señaladas en el decreto de la Inquisición del 16 de abril de 1736 ( 77 ), lo cual supuso un triunfo para la causo del P. Torrecilla; tanto que los Superiores de Castilla sfe apresuraron ( 73 a) Este libro fuá delatado a Is Inquisición por el P. Provincial y Definido­ res de Castilla el 30 de enero de 1704 , por medio de un escrito en que hacen notar las proposiciones que merecen censura (APC, 3 / 00037 ). Ms., 9 hojas.—Cfr. también Viridario auténtico, ms. c., p. 75 , y Archivo Ibero-Amcricano, XVI ( 1921 ), 248 - 50 , en que se describen ¡as obras del P. O’mo. ( 74 ) A. H. N —Inquisición. Leg. 4462 , n.° 6 . ( 75 ) Se conserva manuscrita en nuestro Archivo Provincial de Castilla, 46 / 00017 ; consta de 144 folios numerados. Hay también en el mismo Archivo otros documentos relativos a lo mismo, 6 / 00002 , 44/00005 y 44 / 00014 . ( 76 ) VA, ms. c., p. 209 . ( 77 ) Se conservan dos copias de dicho decreto en APC, 44/00006 y 44 / 00016 . juntamente con la« correcciones; uno y otras pueden verse en Papeles de Jesuítas, t. 203 , n.° 19 , f. 406 (B. de la Academia de la Historia). Las coriecciones afectaban solamente al Ventilabro y a! Apologema en sus dos impresiones.

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