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3 5 6 LA PROVINCIA DE FF. MM. CAPUCHINOS DE CASTILLA obra siguió luego la del P. Francisco de Maderuelo, en que insiste sobre lo mismo ( 24 ). Finalmente: todo termina con un nuevo pleito ante el Nuncio, dando éste un decreto en contra del P. Francisco de Rozas y de D. Sebastián de Enguera, declarando a los Capuchinos verdaderos hijos de San Francisco y su innegable derecho a dar hábitos de la Orden Tercera (14 de febrero de 1697 ) ( 2 5 ). No bajamos a otros pormenores y otras disputas de menos interés sobre parecidas cuestiones. Pero no podemo dejar de hacer resaltar un pape!, muy importante que en todas ellas cupo a los Capuchinos de Castilla. Én efecto: en cada Capítulo Provincial se nombraba un Pro curador, el cual estaba encargado de representar y defender los intereses de los religiosos de la Provincia ante las autoridades eclesiásticas y civi les. Pero prácticamente dicho P. Procurador estuvo además encargado de tramitar en la corte los negocios, pleitos y comisiones de las otras Provincias españolas. Así lo hacían de hecho y en la práctica cuando habí?, que pedir al Nuncio una certificación, presentar una Bula, acre ditar un derecho, pedir una satisfacción, una sentencia, el fallo de una causa o quizás también llevar los pleitos adelante. Así vemos que lo eje- cutó. por ejemplo, con el P. Solana, el P. Alonso de Toledo; así lo hizo también el P. Felipe de Segura en 1669 , en nombre de la Provincia de Navarra; así lo hizo el P. Juan Francisco de Milán en 1 6 7 1 - 16 7 2 , con tra el P. inurrigarro; el P. Pedro de Algete en 1689 para obtener del Nuncio el que los Capuchinos pudiesen pedir libremente limosna en toda España ( 26 ), etc. Todos ellos desempeñaron el importante cargo de Procurador de la Provincia. Finalmente: fueron los Capuchinos de Castilla los que vindicaron para los Generales de h Orden el título y honores de Grandes de Es paña de Primera Clase, que ostentaron desde 1609 casi todos. Eran los Capuchinos castellanos los que acreditaban ante el rey ese derecho, pre paraban la cobertura, hacían que la Grandeza de España agasajase con toda clase de honores a cuantos Generales se llegaron a la corte, acom- 1685 . Se volvió a imprimir, formando parte det Tomo cuarto apologético, «etc., Ma drid, 1699 . ( 24 ) Doctrinal erudición de Terceros. En que con brevedad se les da noticias claras de su Regla, Privilegios, y principales indulgencias..., Madrid, 1689 . Tuvo una segunda edición, Madrid, 1691 . ( 25 ) Decreto del Nuncio, José de Archinto, contra el P. Francisco Rozas, Ob servante, y D. Sebasián de Enguera, declarando que los Capuchinos son verdade ros hijos de S. Francisco y pueden dar hábitos de Terciarios (Madrid, .14 de fe brero de 1697 ) (APC, 3 / 00035 ). E l P. Torrecilla sacó también entonces un impreso de solas tres hojas, que tituló: «Pleito ejecutoriado en la Nunciatura este año de 1697 a favor de mi Sda. Religión de Capuchinos en orden a poder dar hábitos de Terceros a los seglares que lo piden.» (APC, 6 / 00042 ) (23 y 30 ). ( 26 ) Cfr. dicho decreto del Nuncio (22 de agosto de 1689 ) (APC, 3 / 00031 ).
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