BCCCAP00000000000000000000155
L a provin cia df . f f . m m . ca pu ch in o s de c a stilla ia oración, seguíase la Misa conventual, a excepción de los noviciados y Seminarios, en que, después de Tercia, tenían otra hora de oración especial, siguiéndose Sexta y Nona y la Alisa conventual. A las once tenía lugar la comida; a las dos, vísperas, y a las cinco se tocaba a Completas, a cuyo rezo seguía otra hora de oración, que se prolongaba hasta las seis y media, en que se tema la cena. Terminada la acción de gracias, se rezaba inmediatamente la Indulgencia, excepto en verano, y se retiraban los religiosos a sus celdas (23). 5. Punto muy importante en ese horario conventual ocupaba el rezo del Oficio divino en el coro, 'el que se llevaba con gran pausa y solemnidad, sobre todo los Maitines y Vísperas, y particularmente en ciertas festividades. El tono usado no admitía canto, pues, como decía el P. Anguiano, «nuestro tono no admite quiebros de voz, colas o gar ganteados, pues para adecuarle con el hábito y profesión ha de ser flébil, devoto y humilde» (24). Un tono grave y serio, «de suerte que cause devoción no sólo al que le canta sino al que le oye. ¡Nuestra sa grada familia ha escogido un modo proporcionado a su estado peni tente y pobre, sin canto de órgano ,ni reglas de música, pero devoto, uniforme y sin variación de voces, que convide más al llanto y a la compunción que a complacer y deleitar el oído» (25). Parejas en importancia con el Oficio divino corría la meditación u oración, a la que dedicaban, como ya hemos dicho, las dos horas diarias señaladas en las Constituciones generales, mas otra especial, que ya desde los primeros días de la fundación de ia Provincia se ha bía también establecido como obligatoria, y una cuarta para los no vicios y seminaristas, instituida «para mayor aprovechamiento de los nuevos». 6. A todo ello añádase lo que el P. Anguiano escribe sobre las penitencias y mortificaciones: «Siempre esta santa Provincia de Cas tilla, desde su primera fundación hasta hoy, ha tenido y tiene en la común estimación de toda la Religión los 'primeros créditos de refor mada y observantísima, no sólo de lo substancial de la Seráfica Regla, de las Constituciones y apuntamientos, sino también de los consejos y amonestaciones hechas a nosotros por nuestro glorioso y Seráfico Patirarca San Francisco; y no es maravilla goce tan ilustres títulos entre todas las Provincias la que con tanto celo aspira con ánimo in defenso y religiosa constancia a mantener siempre en pie aquel seráfico (23) A n g u ia n o , o. c., p. 149. (24) Ibid., p. 1 3 1 . (25) Ceremonial Seráfico para la instrucción de los Religiosos Capuchinos dé esta santa provincia de la Encarnación de las dos Castillas, t. I , M adrid, 1774, p. 230.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz