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3 oo LA PROVINCIA DE F F. MM . CAPUCHINOS £>E CASTILLA Religión, y que no sólo por esta insuficiencia no se privaría de sujetos que le podrían ser de lustre y crédito y a ellos se les malograría su vocación, sino también en el mismo ejercicio de aprenderla éstos, la Religión experimentaría los ingenios para poder, con más fundamento y seguridad del aprovechamiento y fin que pretende en ponerlos al estudio, hacer elección de sujetos de esperanza, el que se pusiese un estudio de Gramática que juntamente fuese Seminario, como se ejecu­ t ó poniéndole en Valiadolid y señalándole por Maestro al mismo que dió a la tal familia por Vicario» (3). Que no fué otro que el P. Manuel de Vitoria, ilustre por su sangre y por su valer, hijo del Secretario de Felipe IV y que, según parece, debió cursar sus estudios en la Uni­ versidad de Alcalá. Como fácilmente se desprende de dicha determinación capitular, al establecer de nuevo el Seminario no sólo se conseguía la instrucción de los que ingresaban sin la debida preparación para emprender luego los estudios de Filosofía y Teología, sino que servía de prueba para ver los que eran aptos para el estudio. Sin embargo, a nuestro juicio esas palabras de poner «un estudio de Gramática que juntamente fue­ se Seminario», creemos han de entenderse no que antes no hubiesen existido oíros, sino que, habiendo terminado el curso y la instrucción un grupo de nuevos, se volvía a establecer otro, como sucedía cuando se terminaba un curso de Filosofía, se determinaba, casi siempre ca­ pitularmente «establecer ua nuevo curso de Artes». Pues de otro modo no se ve razón de por qué de la Congregación intermedia de 8 de octubre de 1688, se diga: «Asimismo se instituyó Seminario y simal estudio de Gramática en el Real Convento de La Paciencia» (3a). Todos los estudiantes gramáticos debían seguir en un todo los actos de comunidad, a excepción de la oración llamada de Prima, de la que estaban dispensados para preparar sus lecciones (4), y debían tener dos horas de clase diarias, una por la mañana y otra por la tarde (5). Ordinariamente el P. Maestro de Gramática era, como ya hemos indicado, el P. Vicario del convento, a cuenta del cual corría la ins­ trucción y al mismo tiempo la formación espiritual de los estudiantes., viniendo a ser-para ellos un verdadero Maestro de novicios con todas la? atribuciones de tal (6). Su cargo, por lo quea la enseñanza se re­ te) Erario divino, o. c ., p. 69. (3a) V A , ms. c., p. 23. Y en el año 1698 también se dice: «Se puso estudio de Gramática en el Real convento de E l P ard o: Lector el P. F r. G regorio de So­ ria.» Ibíd., p. 57 . (4) A n g u ia n o , Disciplina religiosa, o . c., pp . 1 9 9 -2 0 0 . (5) Ceremonial Seráfico para la instrucción de los Religiosos Capuchinos de esta Provincia de la Encarnación de las dos Castillas, t. I, M adrid, 1774, pp. 57-8. Esa misma disciplina y horario debían observarse ya de antiguo. (6) Ibíd .— A n gu ia n o, o. c., p. 179.

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