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V IC IS IT U D E S D E C A S llL I-A D E S D E 1 6 7 8 H A STA 1 6 9 3 237 El 8 de septiembre, fiesta de la Natividad de la Virgen, el propio P. Guadalupe ponía en la huerta de El Pardo la primera piedra de una ermira con título de Nuestra Señora de la Paz, «en el propio sitio r. donde había estado la iglesia antigua de dicho convento» (32). •Y poco después, en eí mes de octubre, la villa de Carrascosa del Campo, que constaba de unos cuatrocientos vecinos, solicitaba la fundación de un convento de Capuchinos, pues convenía «haya religiosos de la dicha Orden para el consuelo y comunicación espiritual, así de los señores sacerdotes como de seglares y para el pùlpito y confesonario y culto divino» (33). Por desgracia, no pudieron satisfacerse los buenos deseos de los vecinos de la mencionada villa. Aparte de eso, bien pronto comenzaron las inquietudes y turbu lencias que llenarían casi todo el provincialato del P. Guadalupe. En efecto : en octubre dió comienzo a la visita de la Provincia, que luego tuvo que interrumpir. Antes de salir de Madrid había dejado al Defi nidor más antiguo, a la sazón el P. Torrecilla, con comisión para resol ver algunos casos. Pero el Guardián de San Antonio, que le veía salir \ entrar sin pedirle permiso, lo llevó muy a mal, hasta el punto de que hubo muchas disputas y alegatos por una y otra parte, con no muy buen ejemplo de los religiosos, y «se llegó a agriar la materia de manera que ninguna de las dos partes cedió de su intento» hasta que volvió el P. Provincial. Se calmaron entonces los ánimos, pero solamente en lo exterior y de momento (34). de los Hermanos Donados» que debían estar «para el servicio del convento y alivio de los religiosos, como se acostumbra y está en práctica en otras Provincias de la Orden». Ninguno podír ser recibido sin una «diligente inquisición de la vida y costum bres, licencia del P. Provincial y consentimiento de ios religiosos más antiguos de la comunidad. Antes de vestir el hábito, que era especial, debían ejercitarse ocho días trabajando en la huerta o en otra oficina y ser probados con penitencias y otros ejercicios espirituales. Vestido el hábito, no podrían salir de casa durante seis meses, en los que debían recibir una cristiana y religiosa instrucción. Si se consi deraban aptos, al año debían ser admitidos a la profesión en la Orden Tercera, y, a los dos, hacer votos de obediencia y castidad por el tiempo que estuvieren en el convento. Solamente después de pasado el primer año, se les podría enviar fuera del convento a hacer los recados. Debían asistir a casi todos los actos de comuni dad, incluso los maitines, decir la culpa como los novicios, etc.; pero no podían vivir en la comunidad, ni tener trato con los religiosos, fuera de los encargados, los cuales, solamente podían mandarlos, ni debían tampoco ser introducidos en ¡as oficinas interiores del convento sin «causas muy urgentes». Finalmente: se estable cían los sufragios para ellos y se añadía: «Mas se declara y ordena que el que una vez hubiera sido recibido para donado, nunca será admitido para religioso lego». (32) VA , f. 19 V. (33) Acuerdo de la villa (12 de octubre de 1687) (APC, 35/00058). (34) Viridario auténtico , ms. c., pp. 21 y 29. C cn ese motivo hizo el P. Antonio de La Puebla un erudito alegato que trae el P. Torrecilla, aunque sin decir el nom bre, en su obra Consultas, alegatos, etc., t. II, 2.a ed., Madrid, 1702, pp. 427-491.
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