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210 LA PROVINCIA DE FF. MM. CAPUCHINOS DE CASTILLA determinado que los que hubiesen obtenido tal título de Felipe IV, íes sería conservado, pero que «se reduzgan los nombrados después a tres predicadores de cada una de las Religiones, reformándose todos íos demás sin gozar en la capilla los honores ni en sus Religiones más privilegio# de los que en ellas tuviesen por sus grados». Se le pide mande también en secreto los nombres de tres de los últimos Predica­ dores de S. M ., lo mismo de los que residieren en la Corte que fuera de ella, «atendiendo a los que exceden en virtud y doctrina» (58). No sabemos quiénes fueron presentados por el P. Torrecilla; sólo pode­ mos decir que los PP. Manuel y José de Madrid obtuvieron de nuevo el título de Carlos II, el primero el 31 de julio de 1684 y el segundo el 26 de octubre de 1685 (59). También en estos veinte años la Suprema Inquisición admitió entre sus calificadores a los PP. Leandro de Murcia, Manuel de Madrid, Félix de Bustillo y Martín de Torrecilla. Finalmente no podemos pasar en silencio que en estos años se nota un gran interés en propagar la Orden Tercera, como ya hemos dicho y expondremos mejor después, y asimismo siguen los castellanos de­ fendiendo con ahinco el derecho que en ello asiste a los Capuchinos. Lo hace primeramente el P. Murcia en su obra Exposición de le p ri­ mera Regla de Sta. Clara, impresa en 1658; lo hace asimismo el P. Pro­ curador, Felipe de Segura, en nombre de la Provincia de Navarra, legrando del Nuncio un decreto en ese sentido (ic de septiembre de 1669), y, sobre todo, lo hace el P. Torrecilla publicando su obra sobre Ja Orden Tercera en 1672 y un año más tarde su Apologema, espejo y excelencias de la Seráfica Religión de Menores Capuchinos. ( 58 ) Cfr. copia de la mencionada Real Orden en APC, 6 / 00042 ( 27 . ( 59 ) Archivo dei Palacio N. de Madrid. Personal. Cargos. M - 3 .

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