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204 LA PROVINCIA DE FF. MM. CAPUCHINOS DE CASTILLA Salamanca el i o de marzo de 1636. Sospechamos se encontraría estu­ diando en aquella Universidad cuando se determinó a seguir la voca­ ción religiosa, como ya lo habían hecho otros varios antes que él. En 1644 se ordenó de sacerdote. Los cargos por él desempeñados fueron: Vicario de Toledo, Guardián de Toro, Valladolid, El Pardo y La Pa­ ciencia, Custodio provincial, Fabriquero y Definidor varios trienios (32). Su modo de proceder, o más bien, su carácter dominante y que no sufría postergación alguna, fué causa de grandes disturbios, disensiones y pleitos en Castilla en años posteriores a su provincialato. Sin em­ bargo, justo es también reconocer que reuma excelentes dotes de orga­ nizador y gobernante. 5. Ya en el Capítulo en que salió elegido Provincial se dieron importantes ordenaciones que merecieron la aprobación de todos los vocales (33); pero fueron aun más transcendentales las que se dieron al celebrarse Capítulo para la elección de Custodios generales, el 5 del septiembre de 1670, sobre todo la que dice relación a los estudios de Gramática para aquellos que no los habían hecho antes de entrar en la Orden, y que así reza: «Atento al útil que se seguía a la Provincia de que los nuevos no sólo no olvidasen los principios que traían de Gramática, sino también de que se recibiesen muchos que por faltos de ella no eran admitidos, atendiendo a que se harían hábiles en la Religión, y que no sólo por esta insuficiencia no se privaría de sujetos que le podrían ser de lustre y crédito y a ellos se les malograría su vocación, sino que también en el mismo ejercicio de aprenderla éstos, dicha Religión experimentaría los ingenios para poder con más fun­ damento y seguridad del aprovechamiento y fin que pretende en po­ nerlos al estudio hacer elección de sujetos de esperanza, el que se pu­ siese un estudio de Gramática, que juntamente fuese Seminario, como se ejecutó, poniéndole en Valladolid y señalándole por Maestro al mis­ mo que dió a la tal familia por Vicario», es decir, al P. Manuel de Vitoria (34). Aparte de eso se establecieron las normas que a continuación ano­ tamos acerca del culto y de otros puntos. Se mandaba a los PP. Guar­ dianes cuidasen de que «no se digan las Misas por la mañana, sino que queden para repartirse hasta el mediodía, y que en los conventos cortos haya a lo menos una Misa a las diez». Que en ningún convento saliesen a confesar fuera de los confesores señalados y ordinarios, «sino es en día de gran concurso y cuando el P. Guardián lo mandase», pero «ningún confesor por causa de las confesiones deje de asistir a las Horas Menores del Coro, excepto en días de concurso y que todos ( 32 ) Necrología, o. c., p .- 69 . (33) Viridario auténtico, ms. c., f. ior. (34) ED, p. 69 .

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