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SUCESOS Y GOBIERNO DE LA PROVINCIA HASTA EI’LS 171 innumerables víctimas en varias ciudades de Italia. Y por lo que a la Provincia de Casulla se refiere, no sólo falleció el P. Provincial sino que de los dos Custodios, uno de ellos, el P. Basilio de Zamora, nom­ brado miembro de la Comisión para resolver las dudas presentadas al Capítulo, no pudo regresar a España hasta Navidades (38), mien­ tras que el otro, el P. Leandro de Murcia, que había tenido en el pri­ mer escrutinio 21 votos para Definidor General, tardó mucho en re­ gresar a la Provincia por temor al castigo que luego se le impuso, siendo relegado al convento de Villarrubia de los Ojos (39). A la muerte del P. Buenaventura de Toledo quedó de Superior de la Provincia el P. Alejandro de Valencia, primer Definidor, quien, como ya hemos indicado, por su prudencia y por ser confesor de la Infanta, tenía ante el Rey y los Consejos mucho crédito. Así, cuando el P. Buenaventura de Toledo iba camino de la Ciudad Eterna, el Con­ sejo de Indias se dirigía a éi para que, juntamente con otros cuatro Padres graves de Castilla, diese su sentir acerca de la pretensión del P. Lorenzo de Magallón de llevar adelante la misión entre los infie­ les de Cumaná. Dicho P. Magallón, célebre en la historia misional, había presentado al Rey en septiembre de 1653 un memorial en ese sentido; pero, habiendo sido rechazado, ahora de nuevo expom'a en otro más extenso las mismas razones que le movían a llevar adelante sus propósitos. El P. Valencia, junto con los otros cuatro Padres cas­ tellanos, dió su parecer el 6 de junio de 1656, presentando un va­ lioso y muy favorable informe, afirmando que no sólo no hay incon­ veniente alguno en que los religiosos vayan de nuevo a proseguir sus tareas apostólicas ¡sino que hace un muy cumplido elogio del P. Magallón y de los otros misioneros, ponderando su celo por la con­ versión de las almas (40). Gracias a ese informe el P. Magallón y sus (38) ED, p. 48.— P o b la d u ra , Los Frailes Menores Capuchinos en Castilla, o. c., p. 68 y nota 31, donde cita al P. F ilip p o B ern a rb i da F ireü ze , Sommaria cronología de generali, etc. ( 39 ) El motivo de habérsele impuesto este castigo fué que, a! tratar de elegirse en el Capítulo general el Definidor español, el P. Murcia se mostró contrario al presentado por el embajador español, o sea el que luego salió, P. Buenaventura de San Mateo. Por eso dicho embajador le acusó como contraventor ante el Con­ sejo de Estado, el cual pidió informes sobre el P. Murcia al P. Alejandro de Va­ lencia, quien contestó reprobando su .modo de proceder y diciendo se le debía im­ poner un castigo ejemplar. Por lo cual el Consejo de Estado propone al Rey (15 de septiembre de 1656 ) que, cuando regrese a España, se le mande a un convento lejos de la Corte, como el de Villarrubia de los Ojos (Ciudad Real) (Simancas.— Estado.—Negociaciones de Nápoles.—Leg. 3 . 279 , ff. 114 - 119 , donde hay abundante documentación sobre el particular).— Cfr. también Archivo de la Embajada de Es­ paña en Roma, Leg. 139 , ff. 139 y 273 , donde se avisa al embajador (10 de octubre de 1656 ) híbía sido relegado a un convento de la Mancha por su proceder contra S. M. en el Capítulo general. ( 40 ) Parecer del P. Alejandro de Valencia y de los otros Padres (6 de junio de 1656 ) (B. N.—Ms. 3 . 818 , pp. 124 - 126 ).

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