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FUNDACIONES EN ESTOS AÑOS 141 2. Convento de Segovia.—Más de un siglo hace que los Capuchi­ nos no tienen en Segovia convento, y, sin embargo, esta ciudad con­ serva aún de ellos tres recuerdos que les dedicó antaño: Calle alta de Capuchinos, Calle baja de Capuchinos y Plaza de Capuchinos. Segovia fué una de las ciudades expresamente señaladas, como Toro, en el tantas veces mencionado decreto de Felipe III. Pero nin­ gún paso se dió para fundar allí hasta 1624, en que era designado paja ocupar aquella silla D. Melchor de Moscoso y Sandoval, hijo de los Condes de Altamira. A él expusieron los religiosos su deseo, que el Obispo acogió be­ nignamente; lo propio hicieron las autoridades de Segovia, prometien­ do favorecer su pretensión. Sin embargo, nada se hizo prácticamente hasta junio de 1628, en que, al celebrarse el Capítulo, ya aparece nombrado Presidente (21). Mas pronto comenzaron las contradicciones. Vinieron éstas en pri­ mer término de los Descalzos de la Provincia de San Pablo y de su convento de S. Gabriel de la propia ciudad de Segovia, acudiendo al Consejo y negando que los Capuchinos tuviesen licencia para fundar allí. Por el contrario, el Consejo reafirmó su derecho a fundar hasta 36 conventos, siendo Segovia una de las ciudades señaladas, y luego mandó, por su provisión de 7 de septiembre de 1628, siguiese ade­ lante la fundación (22). Con asistencia del Sr. Obispo, del P. Provincial, Sebastián de Santa Fe, y autoridades, se tomó posesión el 2 de octubre, en unas casas en términos de la parroquia de San Esteban. Desde entonces quedó tam­ bién formada la comunidad de seis Padres y dos Hermanos, y de Presidente el P. Juan de Ocaña (23). Un año más tarde, el 22 de octubre de 1629, poco satisfechos los religiosos del sitio elegido, con permiso del Sr. Obispo se trasladaron a «las casas de los Menores de Branquerín» (24). Mal contentos aún los Descalzos, siguieron adelante en su con­ tradicción y acudieron al Nuncio; mas éste remitió el pleito al Pro­ visor de Segovia, quien falló el 7 de octubre de 1630 a favor de los Capuchinos, mandando guardar perpetuo silencio sobre el particu­ lar (25\ También los Dominicos de Santa Cruz interpusieron pleito contra los Capuchinos de Segovia ante la Chancillería de Valladolid, alegando ( 21 ) Erario divino, o. c., p. 15 . ( 22 ) Provisión Real (7 de septiembre de 1628 ) (APC, 30 / 00035 ).— M o n z ó n . ms. c., f. 30 . ( 23 ) Ibid. ( 24 ) Permiso del Sr. Obispo: original (APC, 30 / 00036 ), ( 25 ) APC, 30 / 00040 .

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