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LA PROVINCIA DE FF. MM. CAPT'CHINOS DE CASTILLA era «la primera que se intentó después de haber hecho el rey Cortes v en el servicio que el reino hizo de los millones haber sacado por condición que S. M . no había de dar más lugar a que se fundasen nuevos conventos» (57). No obstante esa dificultad, bien pronto surgió la solución, y fué que justamente los Capuchinos teman ya con anterioridad permiso de Felipe III para la fundación de 36 conventos, y, a juicio de todos, la nueva concesión de millones no invalidaba en manera alguna aquel permiso. Con ese precedente se animó el P. Félix de Granada a llevar adelante su intento de fundar en Andújar (58). Por otra parte estaba seguro de que el Cardenal Moscoso y San doval, ahora gran amigo de los Capuchinos, le concedería esa gracia; Andújar pertenecía a Ja diócesis de Jaén. No se hizo efectivamente mucho.de rogar el Cardenal, y el 16 de enero de 1622 daba su licen cia, haciendo constar en ella una vez más el mucho fruto que los Ca puchinos hacían en la Iglesia, «edificando espiritualmente los ánimos de los fieles con su predicación y ejemplo», proclamando al mismo tiempo «la mucha devoción que tenemos a la dicha Religión». Junta mente en carta aparte pedía a la ciudad de Andújar se dignase con cederles la misma gracia (59). En vista de tal dignación por parte del Cardenal, la ciudad tam poco dudó un momento en prestar su consentimiento, y el 18 del mis mo mes de enero, el P. Provincial con otros varios religiosos, entre ios que se contaba el P. Pedro de Andújar, tomó posesión «de la er mita y casas del Señor San Roque, que está fuera de los muros de esta ciudad, donde se tiene erigido y señalado por sitio para hacer fun dación de un convento de su Orden», y asimismo de «tres casas acce sorias, que tiene la dicha ermita incorporadas con ella» (60). Sin embargo, aun después de la toma de posesión, no faltaron di ficultades; fueron justamente los Observantes y Descalzos, los unos de Córdoba y los otros de Málaga, quienes se levantaron a impugnar la fundación. No lograron, a pesar de t-odo, su intento; sólo valió su contradicción para que de nuevo saliera a luz pública la cuestión del mencionado decreto de Felipe III en que autorizaba la fundación de 36 conventos en ambas Castillas y Andalucía (61). Con todo la fábrica no pudo comenzarse hasta 1623, siendo ya (5 7 ) F. d e G r a n a d a , o . c ., p . 6 0 .— A . d e G r a n a d a , m s. c., p p . 7 0 -7 1 . (5 8 ) V a le n c I n a , o . c ., I , p p . 2 1 4 -2 1 5 . (5 9 ) Ibid., p p . 2 1 6 -2 1 7 . (6 0 ) I ’oid., pp, 2 2 0 -2 2 2 . No todos convienen con esa fecha de la toma de po sesión. Algunos la ponen en mayo de ese mismo año (P . A . d e G ran aba, ms. c., p. 7 1 ), mientras otros la retrasan hasta el mes de septiembre (P . C o rb o b a , B r e v is nolitia, o.-c., p. 27 ). (6 1 ) F. d e G r a n a d a , o . c ., p . 6 0 .— A . d e G r a n a d a , ms. c., p. 7.
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