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LA PROVINCIA DE FF. MM. CAPT'CHINOS DE CASTILLA era «la primera que se intentó después de haber hecho el rey Cortes v en el servicio que el reino hizo de los millones haber sacado por condición que S. M . no había de dar más lugar a que se fundasen nuevos conventos» (57). No obstante esa dificultad, bien pronto surgió la solución, y fué que justamente los Capuchinos teman ya con anterioridad permiso de Felipe III para la fundación de 36 conventos, y, a juicio de todos, la nueva concesión de millones no invalidaba en manera alguna aquel permiso. Con ese precedente se animó el P. Félix de Granada a llevar adelante su intento de fundar en Andújar (58). Por otra parte estaba seguro de que el Cardenal Moscoso y San­ doval, ahora gran amigo de los Capuchinos, le concedería esa gracia; Andújar pertenecía a Ja diócesis de Jaén. No se hizo efectivamente mucho.de rogar el Cardenal, y el 16 de enero de 1622 daba su licen­ cia, haciendo constar en ella una vez más el mucho fruto que los Ca­ puchinos hacían en la Iglesia, «edificando espiritualmente los ánimos de los fieles con su predicación y ejemplo», proclamando al mismo tiempo «la mucha devoción que tenemos a la dicha Religión». Junta­ mente en carta aparte pedía a la ciudad de Andújar se dignase con­ cederles la misma gracia (59). En vista de tal dignación por parte del Cardenal, la ciudad tam­ poco dudó un momento en prestar su consentimiento, y el 18 del mis­ mo mes de enero, el P. Provincial con otros varios religiosos, entre ios que se contaba el P. Pedro de Andújar, tomó posesión «de la er­ mita y casas del Señor San Roque, que está fuera de los muros de esta ciudad, donde se tiene erigido y señalado por sitio para hacer fun­ dación de un convento de su Orden», y asimismo de «tres casas acce­ sorias, que tiene la dicha ermita incorporadas con ella» (60). Sin embargo, aun después de la toma de posesión, no faltaron di­ ficultades; fueron justamente los Observantes y Descalzos, los unos de Córdoba y los otros de Málaga, quienes se levantaron a impugnar la fundación. No lograron, a pesar de t-odo, su intento; sólo valió su contradicción para que de nuevo saliera a luz pública la cuestión del mencionado decreto de Felipe III en que autorizaba la fundación de 36 conventos en ambas Castillas y Andalucía (61). Con todo la fábrica no pudo comenzarse hasta 1623, siendo ya (5 7 ) F. d e G r a n a d a , o . c ., p . 6 0 .— A . d e G r a n a d a , m s. c., p p . 7 0 -7 1 . (5 8 ) V a le n c I n a , o . c ., I , p p . 2 1 4 -2 1 5 . (5 9 ) Ibid., p p . 2 1 6 -2 1 7 . (6 0 ) I ’oid., pp, 2 2 0 -2 2 2 . No todos convienen con esa fecha de la toma de po­ sesión. Algunos la ponen en mayo de ese mismo año (P . A . d e G ran aba, ms. c., p. 7 1 ), mientras otros la retrasan hasta el mes de septiembre (P . C o rb o b a , B r e v is nolitia, o.-c., p. 27 ). (6 1 ) F. d e G r a n a d a , o . c ., p . 6 0 .— A . d e G r a n a d a , ms. c., p. 7.

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