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402 LA ANTIGUA PROVINCIA CAPUCHINA DE NAVARRA Y CANTABRIA algún ex Lector de teología, si lo hay, y si no, el que la Rda. Definición considerare más apto y aplicado. «Las Conferencias se tendrán todas las semanas indefectiblemente, exceptuando solamente desde Navidad hasta Epifanía, y desde la Do­ minica de Ramos hasta la de in Albis» 26. 7. En muchos monasterios de la Edad Media y siglos posteriores, a más de los religiosos profesos y de los novicios, moraban otras perso­ nas que servían a la Comunidad en los empleos materiales de la casa o en la recolección de las limosnas fuera del convento. Llamábaseles Donados, Terciarios u Oblatos. Había quienes no se obligaban con ningún género de votos; otros prometían obediencia o castidad, o bien la perseverancia en el monasterio hasta la muerte. La Orden capuchina, en un principio, mostróse poco favorable a la admisión de donados. El Capítulo General de 1650 determinó que en ningún convento se admitan sin licencia escrita del P. General 27. La Provincia de Cataluña los rechaza en el capítulo de 1689 2S. Y también la de Castilla, en 1690 29. Mas, ya a fines del mismo siglo XV II, la práctica de recibir dona­ dos era un hecho bastante general en la Orden. En 1695 todos los capi­ tulares de Castilla clamaron por la grande falta que se experimentaba en los donados y piden a la Sagrada Congregación permiso para re­ cibirlos 30. En el capítulo provincial de Navarra, celebrado en Pamplona a 28 de junio de 1686, convinieron todos los vocales en que se recibiesen donados en la provincia. Ellos serán los que en el convento de Pamplo­ na, en adelante se encargarán de la pelairía, o sea de la oficina donde se fabrica el sayal para toda la provincia. De orden del citado capítulo de 1686, hizo la Definición un Re- Reglamento con normas precisas referentes a la admisión, profesión y crianza de los donados. Entre otras cosas el expresado Reglamento establece lo siguiente: «Cuando alguno pidiese el hábito para donado, se experimente por algún tiempo su vocación; y en ese intermedio se haga información se­ creta de si conocidamente es de mala fama en orden a la sangre; y 26. P . Colindres, Ordenaciones de visita a la provincia de N a va rra , año 1764. 27. Analecta Capuc. V I , 305. 28. Libro de los Actos capitula-es, fol. 133. 29. Viridario, p. 31. 30. Ibid.j p . 47.

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