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LOS CAPUCHINOSDE NAVARRA Y GUIPÚZCOA EN ACCIÓN 381 junio de 1749 manda que la Misión de Maracaibo esté total y absoluta mente independiente del Comisario General de las Misiones de Espa ña, el Provincial de Andalucía, y que únicamente sea sujeta al Pro vincial de capuchinos de la provincia de Navarra y Cantabria, quien será su único y absoluto Comisario para cuantas cosas y causas se ofre cieren en la mencionada Misión 23. El ejemplo de Navarra movió a las demás provincias a solicitar igual gracia. El P. Comisario General es el Jefe y Cabeza de la Misión. Pre lado inmediato de ésta es el P. Prefecto, subordinado al P. Comisario General. Dos misioneros, a quienes se llama Adjuntos o Conjúdices, ayudan al P. Prefecto en el gobierno de la Misión. El Prefecto y los Conjúdices son elegidos en el capítulo de la pro pia Misión. El capítulo se reúne de tres en tres años, y en él son vocales todos los misioneros. En cada pueblo de misión había un Presidente, elegido por los Padres Prefecto y Conjúdices. Los Padres Presidentes eran los verda deros y propios párrocos de los pueblos. Para el manejo de los asuntos de la Misión nombrábase un Pro curador, con residencia en el hospicio de Maracaibo. Nombrábase también en el capítulo un Secretario. Estaba mandado que hubiese un Cronista de la Misión: «Para que nuestros misioneros se fervoricen y exciten al cumplimiento de su mi nisterio apostólico con el ejemplo de sus Hermanos, y a seguir con todo aliento sus pasos, se ordena y manda que en todos los capítulos se nom bre un religioso docto y noticioso para el empleo de Cronista de la Misión, a cuyo cargo estará el ir escribiendo los sucesos de las corre rías, entradas, fundaciones, virtudes, vidas y muertes de religiosos ejemplares, los casos notables de edificación sucedidos con los misio neros y devotos de nuestra Seráfica Religión..., para lo que cada Padre misionero tendrá singular cuidado de noticiar al P. Cronista todo lo que le fuere sucediendo en todas cosas arriba expresadas, cuyos docu mentos originales los pondrá en el Archivo general de la Misión... Del mismo modo en cada Casa-Misión habrá un archivo donde se conser varán las constituciones, apuntamientos, decretos del Comisario Ge neral y Padres Prefectos» 24. Para el mejor régimen y gobierno de las Misiones que los capu 23. Real Cédula de 23 de junio de 1749 (Arch. Ptov. Cap. N a v .). 24. Cap. X de las Constituciones que seguidamente se mencionan.
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