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del Seminario un religioso adornado de las cualidades expresadas para Maestro del noviciado, supuesto que después del noviciado le sucede en el régimen de los jóvenes». 5.° Sobre Lectores. 6 .° Sobre las salidas del convento. 7.° Contra las segundas mesas. «Para abolir y exterminar los mu­ chos pecados y transgresiones que se cometen contra la altísima po­ breza y otros inconvenientes que del frecuente uso del chocolate se ori­ ginan, como lo demuestra la misma experiencia, mandamos se observe con todo rigor lo prescrito y ordenado sobre este punto por el Reve­ rendísimo P. Colindres y por las Ordenaciones de la Provincia. A los jóvenes no se les permita chocolate hasta que hayan cumplido el duo­ décimo año de Religión a lo menos, y a los que los hubieren cumplido sólo se les permita con aquellas limitaciones, cautelas y condiciones que asignan los mencionados estatutos». No se tenga vino en la celda, ni conservas. 8 .° Sobre el silencio. 9.° Clausura. No se admitan mujeres en nuestros conventos cuan­ do sale la Comunidad del convento. El P. General firma estas Ordenaciones en Pamplona a 14 de abril de 1777 El día siguiente el Rvmo. partió a Tafalla y de allí a La Oliva, en donde aquellos reverendos Padres Bernardos le recibieron del mismo modo que al P. Pablo de Colindres. En la Congregación intermedia de 2 de octubre 1778 se nombraron los Guardianes siguientes: LOS CAPUCHINOS DE NAVARRA Y GUIPÚZCOA EN ACCIÓN 363 Pamplona, P. José de Torralba; Rentería, P. Veremundo de Arellano; Tudela, P. Vicente de Cortes; Peralta, P. Pedro de Fitero; Cintruénigo, P. Anselmo de Autol; Los Arcos, P. Diego de Pamplona; Tafalla, P. Matías de Peralta; Fuenterrabía, P. Pedro de Fuenterrabía; Lerín, P. Antonio de Fitero; Valtierra, P. Antonio de Mendigorría ; Vera, P. Sebastián de Añorbe. 11. E x is t e u n e je m p la r en e l A r c h . P r o v . C a p . N a v . : R e la c io n e s c o n el P a d r e G e n e r a l.

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