BCCCAP00000000000000000000154
336 LA ANTIGUA PROVINCIA CAPUCHINA D E NAVARRA Y CANTABRIA asentirán, ni permitirán proposiciones tan injuriosas a su Provincia y a sí mismos. »Aún haré otra demostración. Cuando en esa Provincia se hacían capítulos con Discretos, como se hacen fuera de España en toda la Reli gión, no podía ser Discreto el que no seguía la vida común; y consi guientemente, ni definidor, ni Custodio, ni ex Provincial, ni ex Defi nidor, que no la hiciese, podía concurrir con voz activa ni pasiva a ellos. Pues, si entonces no hacían falta los que no hacían la vida co mún, rpor qué la harán ahora los ex Provinciales y ex Definidores dis pensados de ella? Más: Si nuestra Religión ha tenido siempre por con veniente, y ordenado, que los que no pueden andar a pie o hacer la vida común, no puedan ser Discretos, y consiguientemente concurrir a capítulo, aunque no puede dudar que algunos de aquéllos, y aun los más, serán ex Provinciales, ex Definidores o Guardianes antiguos, que por su ancianidad y experiencia instruirían a la gente moza, es argumen to evidente que nuestra Religión tiene por menos inconveniente el que no concurran ni con voz activa en capítulo estos viejos graduados y experimentados, que el que concurran, no haciendo la vida común : y consiguientemente se infiere que la pretensión de W . PP. RR. y sus razones son diametralmente opuestas al espíritu de nuestra Religión. »Y la razón de todo es: lo primero, porque nuestro amor propio fácilmente encuentra motivos para huir la mortificación de la vida común ; fácilmente creemos que lícitamente podemos comer carne en días prohibidos, siguiendo alguna de tantas opiniones relajadas que hay sobre este punto; fácilmente nos persuade la sensualidad que no nos levantemos a Maitines, ni sigamos el rigor de la disciplina; y así, como antemural de la observancia y freno del amor propio y sensual apetito, es convenientísima y aún necesaria aquella privación de voto y concurso a capítulo. Lo segundo : porque de sujetos que se guían más por las reglas de la carne que del espíritu no se debe esperar tan acerta do consejo como W . PP. RR. suponen; antes bien, se debe recelar que no les mueva la inobservancia de otros, pues, como comúnmente se dice: el que es cojo no tiene por defecto el que otro cojee. Y ojalá no tuviésemos experiencia de esto mismo aplicado al caso. »Dicen VV. PP. RR. que dichos privilegiados, no pudiendo pre tender para sí, careciendo de voz pasiva, inspirarán el recto consejo de la indiferencia, etc. Si W . PP. RR. lo creen como lo dicen, se enga ñan a claras luces, pues no pueden ignorar que la ambición no consiste solamente en querer ocupar los empleos por sí, sino en querer que los ocupen sus discípulos, o paisanos, o dependientes; de modo que, cuan
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz