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12U LA ANTIGUA PROVINCIA CAPUCHINA DE NAVARRA Y CANTABRIA asuntos púb licos. Por todo ello, ha resuelto dejar m ilicia , honores y b rillo mundano y entregarse a D ios en una vida de penitencia y de oración ; anhela el apartam iento del mundo y dar de mano a todas las empresas que no sean las de la gloria de D ios. Con estos pensam ientos, cierta tarde de mayo fue a llamar a la portería del convento de capu ch inos de Pamplona,preguntando porel Padre Guardián. Cuando le tuvo delante, salúdale cortesmente y con gran respeto dícele que tenía que hablarle de asuntos de gran im por tancia para su alma. El Superior condúcele al h u e r to ; entran juntos en una capilla que en él había, dedicada a santa María Magdalena ; en aquel devoto lugar el Señor de Redín descubrió al relig ioso los desig nios que tenía de entrar en la R eligión capuchina y de permanecer en ella en calidad de lego. No om itió el Guardián de presentar al pretendiente un cuad ro de las estrecheces de la vida capuchina y de la ob liga ción rigurosa que le incumbiría de someterse a ella enteramente y sin réplica. Don T ibu r- cio se mantuvo inquebrantable en su resolución de ser capu chino. Entre los religiosos de esta Orden, el adm itir un postulante al hábito es atribución privativa del M inistro P rov in cia l. A él, por tanto, rem itió el Guardián de Pamplona al pretendiente. P rovin cia l de A ra gón era por aquellos días el P . Luis de Z a rag oza , quien al referido cargo unía el de Definidor General. L legóse, pues, hasta el P rovin cia l el desengañado soldado para pedirle hum ildemente ser recib id o entre los religiosos legos. La súplica fué bien acogida . Don T ibu rcio , por orden del P. P rovin cia l, se retiró al convento de capuchinos de Tara- zona ; desde aquel momento quedó agregado a la Comunidad en c a lidad de postulante. A s í que se v ió en su estrecha y pobre celda escrib ió una carta muy notable al E xcm o. Sr. C onde-Duque, dándole cuenta de su resolu ción y «d iciéndole haber re con ocid o la mala fe con que se trata el servicio de Su Majestad, las maldades y bellaquerías que pasan en esta era, y que todo es embuste y enredo y que nadie puede servir al R ey si no es para su condenación » I3. Entre el ingreso de R edín en el convento y el p rin cip io de su n ov iciado hay que poner un espacio de tiempo no bien determ inado, durante el cual el postulante hubo de ejercitarse en los menesteres 13. De una carta fechada en Madrid a 20 de agosto de 1G37 ; se inserta en las Noticias de Madrid; véase nota de QayangüS en Cartas de los jesuítas, t. 11, p. 174 (Memorial Histórico Español).
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