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266 C a p ítu lo X V I I Artículo VIII. Los gastos que se ocasionen en las Misiones por manutención, alojamiento y trasportes de Misioneros, serán por cuenta de los que los soliciten: autoridades, párrocos, etc., etc. con quienes el Superior se entenderá con este objeto. Artículo IX. Caso de no haber persona responsable para dichos gastos, éstos se harán del fondo de las limosnas que el pueblo voluntariamente ofrezca y, si tampoco los hubiera, serán los gastos, todo o en parte, del Prelado diocesano Artículo X. Si hubiese algún sobrante de limosnas, después de sacados dichos gastos, lo percibirá el Tesorero de la Casa de Misiones para atender con ellas a lamanutención de Misioneros que no hayan obtenido aúnel empleo o cargo de Curas o Coadjutores, y que vivan en Comunidad en la propia Casa; pero, si este sobrante no existiese, el Prelado proveerá a la subsistencia de los expresados Misioneros fijándoles una pensiónmensual que no pase de treinta pesos, de acuerdo con el Superior respectivo, hallándose o no en actual servicio de Misiones. Artículo XI. Para cada Misión se emplearán tres Misioneros, si fuera posible, y terminados los trabajos volverán a sus respectivas parroquias. Artículo XII. Harán sus ejercicios espirituales de ocho días cada año y recibirán misiones en sus parroquias cada dos años, sin perjuicio de cumplir en lo particular con lo dispuesto acerca de este punto en providencias diocesanas. Artículo XIII. Observarán con puntualidad las Constituciones de la Congregación y se consagrarán a las prácticas piadosas y ejercicios que en ellas se

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