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2 0 2 C a p ít u l o X I I I Io Que las ejecute antes de 24 horas bajo pena de suspensión a divinis ipsofació incurrenda, sin otra alguna amonestación, caso que seresista a cumplirlas. 2o Que no se detenga en ningún convento de España, excepto el de Valencia o el de Barcelona, si en verdad necesita algún descanso. 3o Que se abstenga en absoluto de escribir a ningún religioso Rdo. y amadísimo Padre, con mucho amor te bendecimos. Roma, San Nicolás de Tolentino, 9 de mayo de 1893”. Sigue el sello y la firma del Ministro General. Estas penas no nos fueron comunicadas en un mismo día. El P. Bernabé de Astorga fue el primer ejecutado y, como yo entonces estaba algo indispuesto y la indisposición se prolongó más de lo que en principio se creía, no fui ejecutado hasta el 25 dejulio. Pedí la carta para copiarla y le puse el siguiente comentario: “Por lo que a mí atañe, debo decir que jamás hubiera creído que el Ministro General de una Orden religiosa firmara un decreto de expulsión contra un religioso súbdito suyo sin haberlo corregido jamás de cosa alguna, sin haberle dicho los motivos de tan cruel medida, sin haberle permitido defenderse, sin haberlo oído siquiera. Ni Nerón, ni Diocleciano y otros monstruos semejantes obraron jamás con tanto despotismo y tiranía. Vertieron la sangre cristiana a torrentes, pero jamás sin haberles preguntado, oído y permitido se defendieran” . “Los tribunales civiles jamás destierran a nadie sin previa formación de causa, sin haber hecho conocer al reo su crimen, y dado lugar para que se defienda” . “Los gobiernos revolucionarios han expulsado a los religiosos de sus conventos, pero no los han expulsado de su país, ni abandonado completamente a su mala suerte”. “Pero nuestros Superiores Generales han querido ser más bárbaros, crueles e inicuos que los impíos de los tiempos modernos, y que los perseguidores de la religión cristiana en los antiguos. Los Nerones, y los

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