BCCCAP00000000000000000000152

1 6 6 C a p ít u l o X I pastores, ni jueces, sino enemigos y verdugos. Conste que no me quejo de que no se autorizara la publicación de las mencionadas obras, sino de que en el examen de las mismas no se guardaran las leyes de la Iglesia, esas leyes que no son simples ceremonias sino medidas de justicia, obligatorias en conciencia; defensoras de la verdad, y amparadoras del buen nombre de los autores. El Ministro General estaba resuelto a negar el permiso para publicarlas y encargó a los censores vieran el modo de encontrar razones o pretextos para justificar la negativa ante los hombres. En este caso no podía escudarse con la inoportunidad. ¿Cómo podrá ser inoportuna la publicación de una obra consagrada toda ella a la defensa del derecho de propiedad individual, hoy día tan combatido? ¿Cómo podrá ser inoportuna la publicación de una obra consagrada toda a la exposición de los deberes de la familia cristiana tan impugnados en nuestros días? No, no cabía alegar la inoportunidad; pero no se quería autorizar la publicación; los censores recibieron órdenes e instrucciones para tratarme como me trataron: a puntapiés; hasta dudo leyeran los manuscritos para juzgar de ellos. Dejemos este asunto, y hablemos de otras cosas. Al P. Esteban de Adoáin y a algún otro religioso les había oído hablar de un grave suceso ocurrido a un capuchino francés, pero nunca había sabido qué suceso era éste. Estando en Aix me enteré de lo esencial. Allá por los años de 1854 ó 1856 un religioso capuchino llamado Ángel (ignoro su pueblo), hombre ya maduro y, creo que ex-Provincial o por lo menos ex Definidor y gran predicador, fue acusado por una mujer. La mujer y el capuchino iban en el mismo coche del tren y, al llegar a la estación en que debía apearse, acusó al capuchino de haber abusado de ella a pesar de su oposición. El P. Ángel fue procesado: tuvo que retirarse a Inglaterra y, cuando llegó el tiempo del juicio, volvió a Francia vestido de paisano, fue a Aix donde estaba el tribunal que debía juzgarlo, no fue admitido en el convento de Capuchinos y su Guardián mandó a los frailes no se a v is ta ra n con él, ni le p re s ta ra n aux ilio n inguno , ni d ire c ta ni indirectamente. Algunos seculares buenos lo ampararon y defendieron. El juicio tuvo lugar y el P. Ángel fue vindicado y absuelto. Este fallo

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz