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C apítulo V il. A ctividad en U ltamar - 661 misma se señalaban los criterios que lamisma Delegación Provincial de Nuestra Señora de Guadalupe había expuesto ante el Capítulo y que los resumía de esta forma: - “ Renovada confianza en los hermanos de esta Delegación y de la Provincia en orden al encargo recibido. - Unidad de criterios para la formación de los capuchinos en México. - Amplia frontera común, sin negar las fronteras, entre la Delegación Provincial y la Viceprovincia de Texas que favorezca la colaboración entre las dos circunscripciones con la misma finalidad de la implantación de la Orden. - Que se respete el encargo, recibido así mismo por la Delegación Provincial, de laasistenciaa losmonasterios de lasClarisas Capuchinas, tanto más que el oficio de Asistente de cada una de las Federaciones es de nombramiento pontificio” (Bol.Of. 48(1993)255-256). 4.3. Con fecha 11 de junio de 1993, el Padre General, P. Flavio Roberto Carraro, contestaba en una escueta carta, tomando nota de los puntos de la carta a él dirigida y en la que terminaba de esta manera: “ Finalmente os comunicamos que el Defínitorio General tomará una decisión sobre la cuestión de México en reunión general que celebrará en octubre de 1993” (Bol.Of. 48(1993)177-178). 4.4. El Ministro General, con fecha 20 de octubre de 1993, comunica al Padre Provincial la decisión adoptada por el Defínitorio General de dividir el territorio de México en dos circunscripciones: Una, asignada a la Provincia de América Occidental, cuya figura jurídica será “Casa de Presencia” , y otra, que abarca el resto de México y que corresponde a la actual Delegación Provincial. Para ambas la implantación de la Orden será su primera prioridad, “ según los propios proyectos” , invitándoles a colaborar, respetando la libertad de las partes, en la formación. En el tema de la colaboración

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