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C apítulo V I. A c tiv id a d docente , literaria y a rtística - 5 3 9 de o tro de prim aria de 6 a 12 años; de un tercero de secundaria ob ligato ria que va de 13 a 16 años y de una secundaria no ob ligatoria de 17 a 19 años. El Defm itorio P rov incial optó po r o rgan izar los tres n iveles ob ligato rios como la única postu ra lógica y de futuro para el C o leg io Rey Pastor. De esta forma se ofrecía a las fam ilias la posib ilidad de que sus h ijos recib ieran toda la enseñanza ob ligatoria en el m ismo cen tro educativo. Para los capuch inos, a su vez, suponía un reto hum ano y pastoral: trabajar con alumnos y alum nas hasta los 17 años, sueño largam en te acariciado po r la dirección del colegio. En 1996 llegó la aprobación oficial de la petición elevada al M in isterio de Educación y el Co leg io Rey Pastor se transfo rm ó en un “Cen tro In tegrado de Educación Infantil (6 aulas), Prim aria (12 au las) y Educación Secundaria Ob ligato ria (8 au las)” . C onsegu ir los espacios m ínimos que ex ig ía esta nueva reforma m in iste ria l, ob ligó al colegio a realizar una costosa obra. En 1994 se reestructu raron las clases ex isten tes, haciéndo las un poco más pequeñas, para consegu ir nuevos huecos, y se adqu irieron 120 m 2en la p lan ta baja de un ed ificio en construcción en la calle Rey Pastor, con tiguo a la parte trasera del cen tro escolar. Tam b ién hubo que in sta la r una escalera m etálica por el ex terio r del ed ificio como salida de emergencia. F inalm en te en 1999 la decisión tom ada por la p rov inc ia de constru ir un nuevo conven to para la fratern idad de Log roño y un nuevo centro para el C lub de Jub ilados en el patio en tre las calles V ito ria y Vélez de Guevara, va a pe rm itir al colegio nuevos espacios en el conven to actual, que, conven ien tem en te rem odelados, so lucionarán defin itivam en te su constan te carencia. Hay que recoge r un último paso importan te en la reorgan ización del Co leg io Rey Pastor, que tuvo lugar en el curso 1990-1991. La in ic ia tiva esta vez nació de los superio res de la prov inc ia capuch ina y consistió en de ja r la responsab ilidad d irecta del co leg io en manos de seglares. Para ello nombraron dos d irectores, para que desde responsab ilidades d istin tas, pero comp lem en tarias, estuv ieran al

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