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Los Capuchinos en la Península Ibérica los Observantes, el español Vicente Lunel, y en su inmediato antecesor en el cargo, el cardenal Francisco de los Angeles Qui ñones. Para lograr sus designios, ambos se valieron del empera dor Carlos V. Lo atestiguan dos cartas de éste dirigidas una al Papa Paulo III (Nápoles, 4 de diciembre de 1535) y otra al in fluyente cardenal Lorenzo Campeggi (Nápoles, 17 de enero de 1536). El objetivo era claro: “No permita ni dé lugar se proceda adelante en esto, y especialmente no consienta que en ninguna manera se introduzca en España, por el escándalo que en la religión podría traer” . 4. Paulo III, aunque no de inmediato, zanjó la cuestión, al menos en parte, prohibiendo terminantemente a los capuchi nos extenderse fuera de Italia. La misma prohibición fue luego ratificada por Julio III. Tales medidas restrictivas perduraron hasta mayo de 1574, en que Gregorio XIII revocaba lo dis puesto por Paulo III y permitía a los Capuchinos extenderse a cualquiera parte del mundo y fundar conventos, establecer provincias, etc. Tal determinación echaba por tierra una barre ra que, si resultaba infranqueable a todos, lo era de modo singular respecto de España, por lo que, sólo tras repetidas instancias y cuatro años más tarde, en 1578, se lograría la oportuna autorización. 5. La trayectoria histórica de los Capuchinos en la Penín sula Ibérica se inicia en esa fecha. A su establecimiento se llegó tras no pocas y laboriosas gestiones, realizadas por dos Capu chinos oriundos de la villa de Tordesillas (Valladolid), Arcángel y Juan Alarcón, y por el ilustre marino D. Alvaro de Bazán, marqués de Santa Cruz. A esclarecer ese hecho se dirige esta nota que, a la vez, sirve de introducción a cuanto luego se ex pone. 6 . Según los cronistas capuchinos italianos, el hermano ma yor de los Alarcón, P. Francisco de Tordesillas, recibió comi sión de los superiores de la Orden, en 1570, para trasladarse a España, más concretamente a Cataluña, al objeto de gestionar la fundación de un convento. Si así fue, no se consigna de 16
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