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CINCUENTA AÑOS DE VIDA En 1689 se volvió a edificar, y esta segunda capilla es la que, en par­ te, ha llegado hasta nosotros. Los capuchinos fundan en Estelia. Cuando los capuchinos trataron de establecerse en la histórica ciu­ dad de Estella, el señor Obispo de Pamplona dejóles a su elección uno de los dos santuarios estelleses: el Puy y Rocamador. Ignoramos las razones que habrían movido al P. Angel de Villava para inclinarse por el de Rocamador; suponemos habría sido una de ellas la mejor opor­ tunidad de hacerse con una hermosa huerta, tan necesaria en nuestros conventos. La petición en forma dirigida el 28 de enero de 1901 al prelado por él primer Provincial, M. R. P. Pedro de Usún, era del tenor si­ guiente : “ Excmo. e Iltmo. Señor: El infrascrito Ministro Provincial de los Menores Capuchinos de Navarra y Aragón a V. E. humildemente ex­ pone: Deseando los religiosos de mi jurisdicción servir cumplidamente a los señores párrocos de los arciprestazgos de las Améscoas y otros al oeste y sudoeste de esta su diócesis, y siéndonos difícil y casi imposi­ ble acceder a las muchas peticiones y encargos de predicación desde los conventos de Pamplona y Sangüesa, al presente los más próximos, pa­ rece ser de muy alta conveniencia para aquella parte de su diócesis establecer una comunidad de religiosos en la ciudad de Estella. Por tanto, ruego a V. E. se digne conceder, por el tiempo de su voluntad, el uso de la iglesia de Rocamador, inmediata a la misma ciudad dé Estella, y la facultad necesaria de convertir la casa de la basílica di­ cha en un convento, modificándola y ampliándola cuanto conviniere para tal objeto...” El señor Obispo respondía el 30 del mismo mes con el siguiente decreto: “ Por el presente, y por lo que a nuestra jurisdicción ordinaria co­ rresponde, venimos en conceder y concedemos la autorización que de Nos se pide por el tiempo de nuestra voluntad y de nuestros sucesores (cuyos derechos no queremos menoscabar en modoalguno) y en la forma y condiciones que en la instancia se expresan. La concesión del uso de la iglesia de Rocamador no autoriza a modificar o a reformar ésta, sino únicamente a servirse de ella para el culto divino y hacer en la misma, con nuestro consentimiento, cuantas reparaciones sean necesarias para su decorosa conservación.” Este documento desconcierta un poco al investigador, ya que exis­ ten pruebas por las que nos consta que los capuchinos se hallaban instalados en Estella el año 1899. Con fecha 19 de octubre de dicho año, el alcalde de la ciudad, don Gregorio Zuza, dirigió un oficio al entonces Presidente de la residencia, P. Guillermo de Morentin, en el que le comunicaba que, con la misma fecha, dirigía otro a la er* 5

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