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-60- "2'' Pa ra la Dirección ele esas Mi s iorn~s se rropcnclerá desde luego a la creación ele u n Yi– cariato Apos t ólico en aquell as r egiones . y a este t:fecto se gestionarú el n ombrami ento d el \ ·ica– r io . \ pnst6lico ante la Santa Sede por mecl i\l clt' su act ua l Representa nte en és ta . el Excelentí si – mo S eñor Em·iaclo Extraordina ri o . D(ln Tulio Tonti: '· 3" Se es tabl ece como condición <JUe el \ -i– cari o Apostó lico h a el e perten ecer a la Orclen el e los Reli giosos Capuchinos Españoles . así como tambi én deben ser ele la mi sm a Orden lu::; :\I i– s ioneros que se destinen a la región ele la Gua– yana: "-J.'' El Gobi ern o N acion a l pagar{t lus gas– tos ele traslación el e los Misi on eros desde E urn– pa hasta los luga r es ele las 1\/I isiones . y fija un sueldo ele seiscientos bolh·ares ( B. 600) men– sua les a l Vicari o A pos tólico y otro ele doscien– tos bolí va r es ( B. 200) mensua les a cada uno el e los Misioneros , pudi endo estos sueldos reduci r– se pos teriormente, a proporci ón q ue lo permitan las circun stanci as, por nuevos acuerdos del Go– bi ern o con el V ica ri o Apostóli co o con el :-;upe– ri or ele los Reli g iosos. " § único . 1\/I ientras permanezcan en Ca ra– cas los Religiosos Mis ion eros. sólo tenclr{tn por sueldo cien bolí va r es ( Bs. 100) m ensu ales cada l1110. ' '5 '! En la capital ele la República poclr[111 residir h asta 6 de los Religiosos Ivi isi oneros ele

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