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II.-LA TEHCEHA OHDE'I' HEGULAH 483 vió, muy maltrecha, la congregación de Italia, que a principios del siglo xx estaba formcida por cuatro provincias. En 1906 se incorporaron cuatro casas de una congregación de terciarios secu– lares fundada el año 1877 en Mallorca por Antonio RipolL consti– tuyendo la provincia de España. En 1908 hizo lo propio otra con– gregación terciaria de votos simples en Estados Unidos, donde más tarde se formó un comisariato. De esta manera pudo la Or– den entrar en vida próspera. Benedicto XV, en carta dirigida al ministro general de la ter– cera Orden regular el 20 de febrero de 1921, manifestaba su deseo de que (<todas las familias religiosas de la tercera Orden de uno y otro sexo, que profesan votos simples, se unan a la tercera Orden regular de votos solemnes para formar con ella un solo cuerpo fuerte y vigoroso)). Pero de hecho no se han producido nuevas in– corporaciones. Pío XI aprobó en 1929 la nueva redacción de la Regla de León X, modernizada y adaptada al Código de Derecho Canónico, imponiendo su observancia, no sólo a los terciarios regulares, sino también a las congregaciones terciarias de votos simples, para las cuales es como la base canónica en que se apoyan las constitucio– nes particulares. No es posible precisar, ni de lejos, la estadística de las anti– guas congregaciones regulares. Sólo puede conjeturarse que en el siglo XV llegaron a contar -varios miles de miembros exten– didos por toda Europa. En el siglo XVIII pasarían de 6.000 con cer– ca de 500 casas. Desde la restauración moderna el mo-vimiento estadístico es como sigue, en la Orden tercera masculina: Aiio Provincias Casas Religiosos 190S 4 20 200 1906 5 r -u 2S,I 1908 6 9-· ~, 360 1921 7 34, 365 19J.2 7 40 397 En 194,2 eran 60 los monasterios sui iuris de la rama femenina de la tercera Orden regular.

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