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CAP. X.-LOS ESTUDIOS, LAS CIENCIAS Y LAS ARTES 255 rincx ( t 1677). Junto a la filosofía de Scoto, que logró entonces ser mirada con respeto en universidades como Salamanca, Alcalá, Zaragoza y Lovaina, fué recibida la de Raimundo Lulio, profe– sada siempre por los franciscanos de Mallorca y mandada explicar en todos los estudios de las provincias españolas por el capítulo de 1688. Además de la filosofía y teología escolásticas, se cultivaron ya desde el siglo XVI la teología positiva y la sagrada Escritura. Ejemplo de la primera es la ya citada obra de Luis de Carvajal y prueba del estudio de la segunda la disposición del capítulo general de 1559 que ordenaba se tuvieran en el estudio de París dos prelecciones diarias de los libros santos como asignatura apar– te. A fines del siglo XVI había lectores especiales para la sagrada Escritura y la lengua hebrea. El conocimiento de ésta era obli– gatorio para todos los alumnos de los estudios generales y para todos los lectores de teología. También las lenguas orientales fue– ron enseñadas en varios de los colegios fundados con fines mi– sionales. Desde fines del siglo XVI aparecen asimismo los lectores especiales de derecho canónico y telogía moral. En los conventos mayores de cada provincia, aunque no fueran casas de estudio, debían tenerse lecciones de moral con asistencia de todos los sacerdotes que no fueran predicadores. También debían tenerse lecciones semanales de teología mística en todos los conventos, siguiendo los escritos de Enrique Herph, como lo mandaba una ordenación de 1663. Estos lectores conventuales de mística, moral y Regla acabaron por equipararse a los lectores de las casas de estudio. La moral llegó a adquirir tal importancia en el siglo XVIII, que formó curso aparte, añadiéndose dos años de esta ciencia y de derecho canónico después de terminado el estudio de la teología. Los franciscanos mantuvieron su independencia en medio de las grandes discusiones teológicas que agitaron las aulas en aque– llos tres siglos. Sólo temporalmente la Orden tomó una posición oficial en la polémica de los sistemas morales en el siglo XVIII. Ya en el XVI había impugnado el probabilismo Antonio de Cór– doba ( t 1578), pero los moralistas de la Orden en general se decla– raron libremente a favor o en contra. El capítulo de 1762 prohibió

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