BCCCAP000000000000000000000208

CAP. V.-TRANSFOR~IACIO:\ES EN LA CO:\ST!Tt:CIÓ:,; INTERNA 199 generales y limitaba las atribuciones de éstos. No es, pues, de extrañar que los generales se vieran precisados a recabar de la Santa Sede poderes extraordinarios o fueran investidos de plena autoridad de comisarios apostólicos cuando querían gobernar con eficacia. El general de la Observancia ha venido usando el título de Minister generalis totius Ordinis Fratrum Jlinorum. sin que tal denominación honorífica implique hegemonía alguna sobre las otras dos ramas de la Orden franciscana. ya que tanto el general de los conventuales como el de los capuchinos, según lo declaró Pío X el 4, de octubre de 1909, son genuinos sucesores de San Francisco con absoluta ¡nridad de títulos legítimos. Por distinción concedida por los reyes españoles, el ministro general gozaba del título y de los honores de Grande de España de primera clase. Debido a la división de la Orden en dos familias, hubo prác– ticamente dos curias generales, la del convento de Aracaeli, en Roma, para los generales cismontanos, y la de :Madrid para los ultramontanos; por lo mismo hubo también dos archivos gene– rales. Desde la ocupación de Roma por Víctor Manuel la curia general estuvo en el Colegio de San Antonio en la Vía Merulana, hasta su reciente traslación al nuevo edificio levantado en la falda del Monte Mario. Desde el principio el ministro general tuvo como colabora– dores suyos dos secretarios generales, cuya importancia fué cre– ciendo a medida que aumentaba la Orden. Desde lí57 fueron cuatro los secretarios, dos para cada familia, uno de los cuales representaba a los observantes y otro a los grupos reformados. Durante el siglo XIX los secretarios se redujeron nuevamente a dos y en 1369 se añadió un secretario para las misiones. Con la unificación de 1391 reformóse la curia generalicia, quedando un solo secretario general, con un subsecretario de misiones y varios oficiales ayudantes. De la antigua institución de los definidores del capítulo trae origen el consejo que asiste al ministro general, formado por un número fijo de definidores generales. Al principio se elegían doce por cada familia y su cometido, fuera de capítulo, era nombrar

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz