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CAP. I.-~'.'il'EVAS REFORMAS 167 contar con cuatro conventos, habitados en su mayor parte por religiosos procedentes de la provincia de San Gabriel. En 155,'3, muerto el reformador, quedó constituída la custodia de San José. Un acontecimiento vino a dar a las cosas un rumbo inespe– rado: la entrada de San Pedro de Alcántara en esta custodia. El austerísimo maestro de Santa Teresa había sido provincial de la de San Gabriel; quiso después retirarse a la soledad para llevar vida penitente, pero la oposición de los superiores le obligó a recabar autorización pontificia para pasar bajo la obediencia del maestro general de los conventuales, quien en 1557 le nombró comisario general de los conventuales reformados. Fundó por sí niismo el eremitorio del Pedroso, dándole unos estatutos de gran perfección. Prohibíase el empleo de toda clase de síndicos; las casas seguían siendo propiedad del fundador y no pasaban al dominio de la Santa Sede. Cada año debían hacer los religiosos la entrega de las llaves a este dueño y sin su consentimiento no podían seguir habitando el edificio. Las iglesias, casas y celdas eran reducidísimas; todos iban descalzos, sin sandalias; eran grandes y numerosas las prácticas de penitencia; sólo a los en– fermos se permitían carnes y lacticinios; los superiores habían de permitir a los religiosos remendar de varios colores sus hábi– tos; estaban prohibidas las bibliotecas y a cada religioso se le concedían libros muy contados. Así comenzó su vida la reforma de los alcantarinos, la mús austera de todas. La custodia de San José quedó erigida en pro– vincia en 1559. A.1 año siguiente obtenía el mismo rango la de la Rábida, en Portugal, formada por un grupo de reformados que habían adoptado el hábito de los capuchinos de Italia y luego aceptaron el gobierno y los estatutos de San Pedro de Alcántara, aunque siguieron siendo conocidos con el nombre de capuchinos. Al ser erigida en provincia pasó a depender del general de la Observancia y lo propio hizo la de San José en 1562, pero sin dejar sus propios estatutos y su modo de vestir. De nada sirvió el decreto de Pío V en 1568 renovando el de León X sobre la supresión de las denominaciones y usos particulares dentro de la Observancia. La reforma de los descalzos, apoyada en nuevas con-

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