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EN LA ARAUCANÜ 1889-1910 345 dos, á instancias del P. Lonigo, y torios los asuntos rela– tivos á las Misiones del sur del Cautín fueron tratados en adelank, directa é inmediatamente, con el Prefecto capuchino, no fué este asunto llevado á Roma, sino ven– tilado en Chile ante las autoridades gubernativas civiles; de modo que los Prefectos fueron sucediéndose si!1 que nadie intentara legalizar formalmente aquel es tado de cosas; los Superiores Generales de la Orden Capuchina nombraban ordinariamente Superiores Regulares de las misiones á los Padres investidos por la Santa Sede del cargo de Prefectos Apostólicos, y así son llamados en to– dos los documentos emanados de Roma, aunque en rea– lidad no eran tal es sino en cuanto ejercían una jurisdic – ción independiente en el territorio nu!lz'its de Misiones entre infieles. Esclarecido así el hecho, la Sagrada Congregación quiso consagrar ele una manera definitiva la Prefectura de Capuchinos en la Araucanía; por lo cual en I 90 I se– ñaló los límites de la jurisdicción encomendada á nuestros misioneros conforme á las indicaciones del P. Alejo de Barleta, y que no eran otras que las que había fijado el Supremo Gobierno de Chile en I S.¡.9 . Dióse el decreto de erección el día I 6 de Julio ( r ). (1) «Qumn ad ma,jus rei catholica' incrcrnentnm atque incola– rum territorii araucani in rcg ione chilena utilitatem opp0rtunum \·isum fnerit 8 . huic Congregationi Cristiano ::,¡-om ini Propagando , PX sibi subjectis misionibus ibidem jamdiu exiotentibus Pr~dcc– turam Apo:-tolicam constituere, Emmi. ac Rmi. ejusdem Sacri Con– ;,ilii Patres in generalibus comitiis habitis die 1.a vertentis men– ~is Julii 1901, re matureperpensa, censuerunt supplicandum 8S1110. ut supraclictam Prrefecturam de Araucanía erigere dignaretur intra :-equente,: limites: nempe, ad meridiem flumen Maipue, ad se1,ten– trionem flumen Cautin sen Imperial; ad Orientem jnga montium

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