BCCCAP000000000000000000000204

LA. ROCIEDAD EVANGÉLICA 1854-J 8f.>9 163 qu ien aprobó todo lo hecho contra el sacristán Santelices . No se aquietaron los canónigos ofendidos en su sus– ceptibilidad; por lo cual el sefior Vicario les conminó con la suspensión á dt'vúiis, que por fin hizo efectiva en vista de la contumacia de dos de ellos, el señor Arcedia– no don Francisco Meneses y el señor l\Iagistral do:1 Pas– cual Salís ele Obanclo; los cuales, ante tal castigo inter– pusieron apelación ante el señor Obispo de la Serena , pretendiendo la suspensión de la sentencia; y como no se les admitió la apelación sino en el efecto devolutivo, tu– vieron la osadía ele interponer un recurso de fuet:Ja ante los magistrados civiles. En este estado se hallaban las cosas, cuando el sefior i\rzobispo volvía ele la visita pas toral ; el cual haciéndose cargo, desde luego, de lo delicado de la situación, no vaciló en ponerse resueltamente del lado de su Vi– cario y de los derechos de la Iglesia, confirmando la sen– tencia fulminada y admiti endo la apelación interpuesta ante el Ordinario ele la Serena, para el solo efecto devo– lutivo, no suspensivo. Hízose cargo del recmso de fuerza condenándolo co– mo era justicia; y aunque, por deferenci:i, envió los ante– cedentes al magistrado laico, negóse en absoluto á reco: nacer en él competencia alguna en un asunto meramente· eclesiástico; acudió además al Supremo Gobierno,· para · que interpusi era sus buenos oficios y evitase que el con– flicto se ag ravara por la intromisión de los tribunal e~ civiles ; pero 110 solo 110 fué oído , sino qu e el Gobierno favoreció el recurso rle fuer,:·a, y así amparado, el magis – trado dictó sentencia mandando que se suspen?i era la sentencia del Metropolitano, hasta que se pronunciara el tribunal de apelaci ón.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz