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474 APENDICE V.-FAVORES ESPIRITUALES u. M. DEL C. APÉNDICE V favores e5pirifuales concedidos a los Socios de la Unión Misional del Clero I. Indulgencia plenaria que podrá ganarse, con las acostumbradas condiciones, en las fiestas siguientes : l.º Epifanía; 2.º Sán Miguel Ar– cángel; 3.Q Los Santos Apóstoles; 4.º San Francisco Javier; 5.Q una vez al mes en el día que cada socio quiera escoger; 6.2 in articulo mortis con las condiciones necesarias. II. La Indulgencia de 100 días por cada obra buena en favor de las Misiones. III. La facultad : 1.2 De bendecir, extra Urbem, con sola la señal de la Cruz, las Coronas, Rosarios, Cruces y Crucifijos, medallas y pequeñas estatuas. aplicándoles las indulgencias apostólicas promulgadas en el Boletín oficial «Acta S. Sedis» en 5 de septiembre de 1914; 2.2 De bendecir las Coronas del Rosario con la señal de la Cruz, aplicándoles las indulgencias llamadas de los Crucíferos; 3.2 De bendecir los Crucifijos con sola la señal de la Cruz, apli– .cándoles las indulgencias anejas al piadoso ejercicio del Vía Crucis que ·podrán ganar con las debidas condiciones aquellos que legítima– mente impedidos no puedan visitar las Estaciones; 4.2 De bendecir y aplicar a los Crucifijos la indulgencia plenaria que pueden ganar con las condiciones necesarias in articulo mortis, todos los fieles que los besaren o de cualquier manera los tocaren; 5.2 De bendecir e imponer con los ritos prescritos por la Iglesia, los escapularios de la Inmaculada Concepción, de la Pasión de N. S. J. de la Santísima Trinidad, de la Dolorosa o de la Virgen del Carmen, aprobados ya por la S. Sede. Estas facultades suponen aprobación para oír confesiones.

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