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472 APENDICE IV.-INDS. DE LA o. DE s. PEDRO APOSTOL APÉNDICE IV Indulgencias de la Obra de San Pedro Apóstol concedidas por la Santidad de Benedicto XV I. Una indulgencia plenaria que se puede ganar en las condicio– nes siguientes : a) Para los que dieren su nombre a la Obra en el día de su adrrisión. b) Para todos los asociados, las festividades de Navidad, Pascua, Ascensión, Corpus Christi, Jueves Santo, la Inmaculada Concepción, la Natividad de la S. Virgen María, la Purificación, y la Asunción de Nuestra Señora. También las festividades de los SS. Apóstoles: 24 de febrero, San Matías: primero de mayo, S. Felipe y Santiago: 29 de Junio, S. Pedro y S. Pablo : 25 de julio, Santiago : 24 de agosto, S. Bartolomé : 21 de sept., S. Mateo; 28 de oct., S. Simón y S. Judas: 30 de noviemb., S. Andrés: 21 de diciemb., Sto. Tomás y 27 de diciembre, S. Juan. Así mismo, el día de la festividad de la Obra, 18 de enero, los días de la Cátedra de S. Pedro en Roma y en Antioquía, los SS. Már– tires del Japón, 5 de febrero; S. José, 19 de marzo; S. Benedicto el Moro, 3 de abril; S. Lorenzo Diácono, 10 de agosto; S. Francisco Ja– vier, 3 de diciembre; y S. Esteban Diácono y Protomártir, 26 de diciembre. Il. Una indulgencia plenaria «in articulo mortis» que pueden gana1 los asociados después de confesados y comulgados que invoquen a lo menos con el corazón el Santo Nombre de Jesús y acepten con paciencia, como recibida de manos de Dios, la muerte en pena del pecado. III. Una indulgencia parcial de 100 días cada vez que con el

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