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468 APENDICE III.-lNDS. CONCEDIDAS A LA O. DE LA s. l. APÉNDICE III lndulgencia5 concedidas a la Obra de la Santa Infancia por loo r.5urnos <pontífices [}regorio XVl, <p¡o IX y Beón X/!!, rm .s¡¡s <]{escrip!os de 17 de marzo y 2 de mayo de 1<546: de 10 de enero de 1<'347; de 12 de enero de 1<551; de 6 de abril de 1<556; de 20 de marzo d<J 1<570 y de 15 de Julio de 1<582. {ClJáanse los números 3, 1<5, 50, 134 y 20<5 de los "9lnaks" france:uui). INDULGENCIAS PLENARIAS.-1.9 Indulgencia plenaria a los Socios qu• asistieren entre Navidad y la Purificación a una misa celebrada por todos los Socios vivos. 2.º Indulgencia plenaria a los Socios que asistieren, entre el !fe– gundo domingo después Pascua y el fin del mes de María, a una misa celebrada por los Socios difuntos. En cada una de estas misas, los miembros de la Obra deben rogar por los Socios vivos y difuntos. 3.º Indulgencia plenaria en las fiestas de los patronos de la Obra, a saber; de la Presentación de la Santísima Virgen; de los Santa. Angeles Custodios; de San José; de San Francisco Javier y de San Vicente de Paul, bajo la condición prescrita por el Sumo Pontífice. de rogar por el aumento de la Obra de la Santa Infancia. Las tres indulgencias antes citadas pueden ser trasladadas por lo! Señores Obispos, y, con el competente permiso de estos, por los Curas párrocos y ;Directores de la Obra, a otros meses y días que juzguen da mayor utilidad. 4.º Indulgencia plenaria (mediante las condiciones ordinarias y una visita a la iglesia parroquial) el día del aniversario del bautismo diiJ todos los celadores 1 celadoras, colectores, colectoras, directore:J }'

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