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T.-ERECCION Y LIMITES DE LA PROVINCIA DEL SAGRADO CORAZON DE JESUS, DE CASTILLA La Provincia española, que sucedió al Comisariato Apostó– hco, tuvo vida muy efímera; apenas duró un lustro. El P. Ge– neral Bernardo de Andermatt, después de haber expuesto a la Santa Sede las razones que aconsejaban un nuevo estado de cosas entre los Capuchinos españoles, más conforme a la si– tuación nacional entre las diversas regiones, el 18 de diciem– bre de 188fJ dividía la hasta entonces única Provincia: española en tres provincias distintas y autóno:mas: Aragón, Toledo y Castilla, reservando pura sí y sus sucesores el distrito Nullius de Madrid, al que las tres mencionadas Provincias debían prestar ayuda para el sostenimiento de las misiones de Ultra– mar (1). Los conventos y límites de la recién erigida Provincia. cas– tellana quedaron a•sí definidos en el decreto generalicio: Le– cároz, Fuenterrabía, Bilbao, Montehano y León, enclavados en el territorio de las provincias eclesiásticas de Burgos, Valla– dolid y Santiago y sus respectivas diócesis: Calahorra y San– to Do.mingo de la Calzada:, León, Osma, Palencia:, Santandrr, , Vitorin, Astorga, 'l'úy, Avila, Ciudad Rodrigo, Salamanca, Se– g-ovia: y Zamora. Residencia del Ministro provincial: Bilbao. Titular de la Provincia: el Sagrado Corazón de Jesús. (1) Analecta Ordinis Fr. Min. Capuccinorum, 1890, t. VI, p. H. i 7.-Los Capuchinos en Castilla.

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