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212 nELACIONW, co;:,; LOS RXTHAÑOS Los predicadores, desde el púlpito, criticaban con libertal'l evangélica las ideas imperantes de la <~pocu. El P. Fidel dr Alcabón pagó con la pena del destierro la franqueza de su celo apostólico (13), y los Pudres Eugenio de Sieleiglesias <' Isidoro de Fermoselle (que después favoreció los planes del Gobiemo) se vieron privados por algún tiempo de la facultad dí' predicar" ('14). Con todo, parece que a fines de siglo la resistencia de los Capuchinos no preocupaba al Gobie 1 .'no. El Cardenal Protec– tor de la Orden expuso al Embajadoi· ele España en Roma el de·seo del Papa de nombrar General al P. Nicolás de Bustillo, y el Embajador escribía al Príncipe de la Paz el 28 de octubr,' de 1795: "Mi máxima no es de que convenga que los Supe– riores Generales de las Religiones sean españoles, porque trah1, muchos inconvenier.ites, que ahora seda ocioso proponer, por– que con los Capuchinos no se verifican como con otras reli– giones" (15). Frente a los sectarios de las Cortes de Cádiz levantó valien– lPmente su voz rl P. Francisco de Solchaga ('16), quien duran– te el trienio liberal se opuso al Gobierno y a quienes pretendían sujetar las Ordenes religiosas a los Ordinarios del lugar; y pm su conducta enérgica y rectilínea fué desterrado a Francia, a pesar de que entonces era General de toda la Orden ( t 7\. 3. Las autoridades civiles subalternas no iban en zaga al Gobierno en sus intromisiones en lo referente a las comunida– des religiosas. Er Concejo de Laguardia impuso al capítulo provincial celebrado el 12 de. octubre de t 787 el candidato para la guardianía de aquel convento, pero con tan poco acier- (13) El 4 d,e julio de 1775 escribía D. Manuel de Hocla al Conde dP Floridablanca: "El Provincial de Castilla (Fidel de Santurce) es un santo fraile, pero sin vigor, y dexó por Vicario Provincial al P. Alcabún, a quien desterraron de Madrid por sus locuras en el púlpito. Este ha alborotado el convento del Pardo, y aun toda la Provincia, por ser del partido jesuí– tico. Si no se sosiega, será preciso bolv~rlo a su destierro". Arch. de la Embajada, Leg. 440. (14) Véase más arriba, p. 195; Viridario auténtico, p. ,í:ll. (15) Arch. de la Embajada, Leg. 366. (16) Véase más arriba, p. 160. (17) [bid., p. 160. Cf. ANDRÉS DE PALAZUELO, Vitaliclacl seráfica. Primera serie, .p. 222 sig.

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