BCCCAP000000000000000000000189

1G2 DESAJ1HOLLO DE LA PROVINCIA 5. Poco a poco, y tropezando con serias dificultades, iba11 reorganizándose las actividades todas de la Provincia; pero 'nos hallarnos en la vigilia de muy graves acontecimientos. El período constitucional ( 1820-1823) corta radicalmente el empuje y paraliza la organización que trabajosamente iba adquiriéndose. Don Rafael Riego proclama (1. 0 enero 1820; la Constitución de Cádiz, y Fernando VII, claudicando una vez más, la jura... Y empieza de nuevo la serie de atropellos: se introduce la milicia obligatoria para todos los españoles de los dieciocho a los cincuenta años; se prohiben las profe– siones religiosas; se cierran los conventos que no tengan por lo menos 2-1 religiosos de comunidad; has la se proyecta la supresión de las Ordenes religiosas, etc., etc. El P. Solchaga, Superior General de toda la Orden desde el 13 de marzo de 1818 (13), se manifiesta de palabra y por escrito intrépido defensor de la libertad, invocada por los nuevos gobernantes y conculcada vergonzosan1ente por tantofl desafueros. Su va– lentía le merece un segundo destierro. Mas no importa; él continuará trabajando por el rrstalllPrirniento ele la norma– lidad y el respeto a los derechos de la Iglesia: y de las Orde– nes religiosas. En Bayona forma parte de la célebre Junta Apostólica, juntamente con otros prohombres civiles y ecle– siásticos, como los Obispos de Paínplona y 'l'arazona. Des– pués de tres años de esclavitud, Fernando VII anula todas las disposiciones enrnnadas por el gobierno constitucional drsr!J Pl 7 de marzo de 1820 hasta el 1. 0 ele octubre de '1823. El P. Francisco de Solchaga, "al re¡:n'f'S0 de su gloriosa expatriación", saluda "a todos sus ·amados hijos y súbditos" con una pastoral impresa en Bilbao (14). 6. La Provincia salía, naturalmente, muy prohada por los acontecimientos del nefasto tl'ienio constitucional, durante el cual "murieron varios individuos que habían de ser 1-ocaJps del capítulo y otros se seclllat·iznron" (15). Era imposihJ,, por entonces la celebracifín carnínira del capítulo provinrií1 I ,;i3) Véase más allajo, p. 172. (14.) Véase el título exacto en ANDllÉS DE PA!,AZCELO. Vitalidail seiú.fica. Primera serie, p. 223. (15) Cf. Ei'ario, p. 314..

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz